COOPERATIVA TELEFONICA OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS CONCARAN LTDA. C/MUNICIPALIDAD DE CONCARAN S/DEMANDA DE INCONSTITUCIONALIDAD ORALIDAD - INICIAL
La Cooperativa Telefónica Obras y Servicios Públicos Concarán Ltda. promovió demanda de inconstitucionalidad contra la Municipalidad de Concarán solicitando se declare la nulidad de la Ordenanza Nº 1115 H.C.D./18 (Código Tarifario 2019) por gravar a una cooperativa de servicio público sin fines de lucro. El Superior Tribunal declaró su competencia para entender en la causa por ser de naturaleza contencioso administrativa y ordenó librar oficio a la Municipalidad para que informe la fecha de publicación de la ordenanza.
¿Quién es el actor?
COOPERATIVA TELEFÓNICA OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS CONCARÁN LTDA., por su Presidente (consta ESCEXT Nº 10988204).
¿A quién se demanda?
Municipalidad de Concarán.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se promueve acción de inconstitucionalidad y nulidad de la Ordenanza Nº 1115 H.C.D./18 – CÓDIGO TARIFARIO AÑO 2019, solicitando que se declare la inconstitucionalidad y nulidad de dicha ordenanza y, en concreto, impugnan la aplicación de tasas (Tasa de Inspección Seguridad e Higiene; Tasa Comercial; gravámenes por Empresa de Pompas Fúnebres/Salas Velatorias; gravamen por terreno baldío y doble imposición con impuesto inmobiliario provincial). Se alegan incrementos (ej.: de $2.625 en 2017 a $17.980 mensuales) y que la cooperativa no está comprendida por el código tributario por ser entidad sin fines de lucro y prestadora de servicio público comunicacional. Se reclama además la compensación por deudas de la Municipalidad con la Cooperativa ($110.575 al 30/09/17).
¿Qué se resolvió?
El Superior Tribunal declaró su competencia para entender en la presente causa en virtud del art. 213 inc. 3º de la Constitución Provincial y ordenó librar oficio a la Municipalidad de Concarán para que informe la fecha de publicación de la Ordenanza Nº 1115 H.C.D./18.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que revisadas las constancias de la causa, se advierte de la presentación inicial ante el Juzgado Civil, Comercial, Minas y Laboral de Concarán, que el actor solicita se declare la inconstitucionalidad y nulidad de la Ordenanza Nº 1115 H.C.D./18 – CÓDIGO TARIFARIO AÑO 2019, del art. 16, 210 de la Constitución Provincial y art. 16 de la Constitución Nacional, por lo que atento la naturaleza de lo solicitado, corresponde en los términos del art. 816 del CPC y C, la competencia del Superior Tribunal de Justicia para entender en la presente causa, por ser de naturaleza contencioso administrativa, en virtud de lo establecido por el art. 213, inc. 3º de la Constitución Provincial."
"En consecuencia, y conforme lo dictaminado por el Sr. Procurador General, SE RESUELVE : I) Declarar la competencia de este Superior Tribunal para entender en la presente causa (art. 213 inc. 3 de la Constitución Provincial). II) Librar oficio a la Municipalidad de Concarán, a los fines de que informe la fecha de publicación de la Ordenanza Nº 1115 H.C.D./18.
REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE."
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