ALCARAZ RAMONA ALIS C/ ANDROS S.R.L.- CONCURSO PREVENTIVO S/ VERIFICACION TARDIA -PERDIDA DE JURISDICCION-
Planteo incidental de pérdida de jurisdicción respecto del juez interviniente en causa de verificación tardía en concurso preventivo. El Superior Tribunal declaró la pérdida de jurisdicción del Dr. Eduardo Rodolfo Giménez y remitió las actuaciones al Juzgado Civil, Comercial y Minas Nº 2 para que continúe la causa, por hallarse vencido el plazo para dictar sentencia.
¿Quién es el actor?
El planteo fue efectuado por el Dr. Carlos A. Acevedo (actor del incidente que acusa pérdida de jurisdicción).
¿A quién se demanda?
No se trata de una demanda contra una parte procesal sino de un incidente dirigido contra la jurisdicción del juez interviniente, respecto del Dr. Eduardo Rodolfo Giménez (juez cuya jurisdicción se cuestiona).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se solicita declarar la pérdida de jurisdicción del juez interviniente por haberse vencido el plazo para dictar sentencia conforme al art. 167 del CPC y C.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar al planteo y se declaró la pérdida de jurisdicción del Dr. Eduardo Rodolfo Giménez; las actuaciones bajan al Juzgado en lo Civil, Comercial y Minas Nº 2 de la Primera Circunscripción Judicial para que continúe la causa según su estado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que en actuación Nº 11191291, de fecha 24/03/2019, dictamina el Sr. Procurador General y sostiene: 'En mérito de lo dispuesto por el art. 167 CPCyC SL y el dictado de la Acordada Nº 54 de fecha 18 de febrero de 2019, advertido que se ha dispuesto el reemplazo interino del Dr. Eduardo Rodolfo Giménez, Juez del Juzgado en lo Civil, Comercial y Minas Nº 2 de la Primera Circunscripción Judicial, que el subsecuente acto de juramento se llevó a cabo el día 25 de febrero de 2019, a la hora 12:00, y toda vez que las disposiciones del mencionado artículo sólo afectan la jurisdicción del juez titular, habiéndose designado como titular interina de dicho Juzgado a la Dra. Gabriela Natalia Ramosca, los fundamentos de la Acordada citada a los que se remite, el tratamiento de la presente cuestión en vista deviene abstracto...'
'Que en cumplimiento de la medida para mejor proveer ordenada en fecha 17/04/2019 (actuación Nº 11391536), la Actuaria del Juzgado informó: "que conforme las constancias y el Registro de Pase a Estudio registrado (Registro de Autos y Sentencias), en los autos EXP 8073/6 “ALCARAZ RAMONA ALIS C/ ANDROS S.R.L.- CONCURSO PREVENTIVO S/ VERIFICACION TARDIA -”, el plazo para dictar sentencia se encuentra vencido, teniendo en cuenta las licencias concedidas al Magistrado Titular de este Juzgado, Dr. Eduardo Rodolfo Giménez, y asimismo informo que no se encuentra comprendido en prórroga vigente concedida por el STJ." (Cfr. Actuación Nº 11702446 de fecha 28/05/2019).'
'Que analizadas las constancias de la causa, y según surge del informe Actuario referido, el plazo para dictar sentencia se encuentra vencido por lo que cabe estar a lo dispuesto por el art. 167 del CPC y C y declarar la pérdida de jurisdicción del juez hasta ahora interviniente, remitiendo la presente causa al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil Comercial y Minas N° 2 de la Primera Circunscripción Judicial, atento la afectación como Jueza interina de la Dra. Gabriela Natalia Ramosca (Acuerdo Nº 54/2019 de fecha 18/02/19) y toda vez que las disposiciones del mencionado artículo sólo afectan la jurisdicción del juez titular.'
Dispositivo final:
'SE RESUELVE:
I) Declarar la pérdida de jurisdicción del Dr. Eduardo Rodolfo Giménez en relación a la presente causa.
II) Bajen las presentes actuaciones al Juzgado en lo Civil, Comercial y Minas Nº 2 de la Primera Circunscripción Judicial para que continúe la causa según su estado. Ofíciese.
REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE.'
(Firmada digitalmente por los Ministros CARLOS ALBERTO COBO, MARTHA RAQUEL CORVALÁN y LILIA ANA NOVILLO).
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