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Tribunal Superior

MAIDANA JOSE ANGEL C/ RIBEIRO S.A.C.I.F. S/ COBRO DE PESOS - LABORAL - RECURSO DE CASACION.-

El actor promovió demanda laboral por cobro de pesos contra RIBEIRO S.A.C.I.F.; la Cámara confirmó parcialmente la demanda y condenó a la demandada a pagar $152.910,91 más intereses. El Superior Tribunal rechazó el recurso de casación por improcedente y con pérdida del depósito, por tratarse de agravios de naturaleza probatoria y falta de adecuada invocación de las causales del art. 287 del CPC y C.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
EXP 216806/11
Casacion Improcedencia Art. 287 cpc y c. Prueba Relacion laboral Cobro de pesos Perdida del deposito Costas Confirmacion de sentencia $152.910 91

¿Quién es el actor?

José Ángel Maidana.

¿A quién se demanda?

Ribeiro S.A.C.I.F.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de pesos en el fuero laboral; reconocimiento de relación laboral y pago de sumas adeudadas. En primera instancia se hizo lugar parcialmente y se condenó a la demandada al pago de $152.910,91 más intereses desde el 20/05/2011; costas 94% a la demandada y 6% al actor. La Cámara confirmó la sentencia de grado (Sent. Cámara N° 54 de 26/04/2018) y emplazó las costas de esa instancia a la demandada.

¿Qué se resolvió?

El Superior Tribunal decidió por mayoría rechazar el recurso de casación interpuesto por la demandada con pérdida del depósito y condenó en costas al recurrente en casación vencido.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La fundamentación del recurso por alguna de las causales establecidas en el mencionado art. 287 del CPC y C., exige la efectiva demostración del error jurídico que se le atribuye a la sentencia cuestionada. Así, los argumentos de la impugnación deben dirigirse directa y concretamente en contra de los preceptos que estructuran la construcción jurídica en que se asienta la sentencia. Tienen que replicarse en forma completa o adecuada las motivaciones esenciales que el pronunciamiento cuestionado contiene, porque, de otra forma, aquellas permanecen firmes e impiden su revisión."

"En este sentido, el planteo de casación adolece de deficiencia técnica en su presentación, por haber sido formulado de manera excesivamente genérica, a la hora de determinar las normas que supuestamente, no han sido atendidas por los jueces."

"La impugnación del recurrente debe apuntar a desarticular el basamento jurídico que sirve de fundamento al pronunciamiento, de modo tal que no quede firme ninguno de sus argumentos esenciales; en principio el recurrente no invoca un supuesto de violación o aplicación falsa o errónea de la ley de modo claro y preciso. Traslada su argumentación crítica al terreno de la prueba, no a un caso de violación de la ley."

¿Cómo votaron los jueces?

La resolución fue acordada por los Dres. Carlos A. Cobo, Martha R. Corvalán y Lilia A. Novillo, que compartieron los criterios y votaron en igual sentido (unanimidad en el rechazo).

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