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Tribunal Superior

JOFRE CARLOS OMAR Y OTRO C/ HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS- DEMANDA DE INCONSTITUCIONALIDAD

Los actores promovieron una demanda de inconstitucionalidad contra la Provincia de San Luis y la Honorable Cámara de Diputados. El Superior Tribunal reguló honorarios a favor de abogados de Fiscalía de Estado fijando montos concretos (Allende $20.000; Endeiza $10.000 y $3.000 por REF; Domínguez $8.000 y $1.200 por REF) y ordenó devengo de interés conforme tasa activa del BNA.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
EXP 202563/10
Honorarios Regulacion Fiscalia de estado Demanda de inconstitucionalidad Intereses Ley de honorarios n? iv-0910-2004 Recurso extraordinario federal Administracion publica Resolucion interlocutoria Provincia de san luis

¿Quién es el actor?

JOFRÉ, CARLOS OMAR y otro.

¿A quién se demanda?

Provincia de San Luis - Honorable Cámara de Diputados.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Demanda de inconstitucionalidad.

¿Qué se resolvió?

Se regularon honorarios profesionales a favor de los letrados que actuaron por Fiscalía de Estado por las actividades desplegadas en la causa, con los montos y tasas indicados y devengando interés desde la firmeza de la resolución hasta el pago efectivo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En función a ello, por la contestación de la demanda a fs. 181/196, y etapa probatoria corresponde fijar los honorarios del Dr. EDUARDO ALLENDE, en el carácter de patrocinante de Fiscalía de Estado, en la suma de PESOS VEINTE MIL ($ 20.000.-) y al Dr. JORGE ALBERTO DOMINGUEZ, en su calidad de apoderado de Fiscalía de Estado, en la suma de PESOS OCHO MIL ($ 8.000.-), art. 8."

"Por la presentación de los alegatos de fs. 221/223, corresponde fijar los honorarios del Dr. RICARDO ENDEIZA, en el carácter de patrocinante de Fiscalía de Estado, en la suma de PESOS DIEZ MIL ($10.000) y al Dr. JORGE ALBERTO DOMÍNGUEZ, en su calidad de apoderado de Fiscalía de Estado, en la suma de PESOS CUATRO MIL SEISCIENTOS ($ 4.000.-), art. 8."

"Por último, se estima fijar, en los términos del art. 31 de la citada Ley Arancelaria, el 10% por la contestación del Recurso Extraordinario Federal planteado por la contraria, lo que da como resultado la suma de PESOS TRES MIL ($ 3.000.-) para el Dr. RICARDO ENDEIZA, en su carácter de patrocinante de Fiscalía de Estado, y de PESOS MIL DOSCIENTOS ($ 1.200.-) para el Dr. JORGE ALBERTO DOMÍNGUEZ, en su calidad de apoderado de la demandada."

"Las sumas reguladas devengarán un interés que se calculará aplicando la tasa activa cartera general (préstamos), nominal anual del Banco de la Nación Argentina, desde la fecha en que quede firme la presente resolución, y hasta la fecha del pago total y efectivo."

¿Cómo votaron los jueces?

La resolución aparece firmada digitalmente por los Ministros Subrogantes Dra. Martha Raquel Corvalán, Dra. Lilia Ana Novillo, Dr. Daniel César Calderón y Dra. Teresa de Lourdes Maletto; el Dr. Carlos A. Cobo no firma por hallarse excusado.

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