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Tribunal Superior

PONZIO PATRICIA ALEJANDRA C/ TRASERCAL S.A. S/ COBRO DE PESOS - LABORAL

La actora interpuso recurso extraordinario de inconstitucionalidad por arbitrariedad contra la sentencia que rechazó su demanda contra YPF S.A. El Superior Tribunal de Justicia de San Luis, por mayoría, rechazó el recurso por no advertir arbitrariedad ni violaciones constitucionales, imponiendo costas al vencido.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
EXP 248862/13
Poder judicial san luis Recurso extraordinario Arbitrariedad de sentencia Art. 30 lct Responsabilidad solidaria Servicios de limpieza Principio de primacia de la realidad Costas al vencido Sentencia definitiva Votos en disidencia.

¿Quién es el actor?

Ponzio Patricia Alejandra.

¿A quién se demanda?

YPF S.A. (codemandada) y Trasercal S.A. (empleadora directa).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Extensión de la responsabilidad solidaria de YPF S.A. en los términos del art. 30 LCT por las tareas de limpieza prestadas por la actora; impugnación por arbitrariedad de la Sentencia Definitiva Nº 14 (22/02/18).

¿Qué se resolvió?

Rechazado el recurso extraordinario de inconstitucionalidad por arbitrariedad interpuesto por la actora; costas al vencido. Voto de mayoría (Ministros Cobo, Corvalán y Bustos) por la negativa; votos concurrentes de la Presidenta Novillo y del Ministro Lucero Gagliardi por admitir el recurso y extender la responsabilidad a YPF (disidencia en dos votos).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Así, en este contexto y luego de un puntualizado examen de la causa se impone señalar que, más allá del esfuerzo desarrollado por el recurrente en orden a convencer al Tribunal de la existencia de arbitrariedad, la misma no se vislumbra, tampoco violación de las garantías constitucionales del derecho de propiedad, igualdad ante la ley, defensa en juicio, debido proceso legal, legalidad y derecho a la protección del trabajo en sus diversas formas, sino que por el contrario, a mi juicio la sentencia cuenta con fundamentos suficientes que han sido el resultado de una apreciación razonable de la pretensión del actor, defensa del demandado, constancias de la causa y pruebas rendidas en autos."

(voto en disidencia, Dra. Lilia Ana Novillo:)

"Por lo tanto, de acuerdo con los fundamentos expuestos y consideraciones vertidas, corresponde hacer lugar al recurso extraordinario de por arbitrariedad de sentencia interpuesto por el actor, extendiendo la responsabilidad solidaria a YPF S.A. en orden a lo establecido por el art. 30 de LCT. ASÍ LO VOTO."

(parte dispositiva final, textualmente extraída:)

"SE RESUELVE: I) Rechazar el recurso de inconstitucionalidad por arbitrariedad de sentencia interpuesto por el actor. II) Costas al vencido. REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE."

¿Cómo votaron los jueces?

mayoría resolutiva (3) en rechazo (Drs. Carlos Alberto Cobo — voto principal—, Martha Raquel Corvalán, Estela Inés Bustos). Minoría (2) a favor de hacer lugar y revocar punto de la S.D. Nº14 (Dra. Lilia Ana Novillo y Dr. Federico Osvaldo Lucero Gagliardi).

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