INCIDENTE DE APELACION OLGUIN MAXIMILIANO DANIEL - AV. ROBO SIMPLE -RECURSO DE CASACION-
La defensa del imputado interpuso recurso de casación contra el auto interlocutorio que declaró mal concedido el recurso de apelación. El Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso por falta de definitividad de la resolución impugnada, al no poner fin al proceso ni producir cosa juzgada.
¿Quién es el actor?
La defensa del imputado Maximiliano Olguín, que interpone el Recurso de Casación y acompaña sus fundamentos.
¿A quién se demanda?
Se impugna el Auto Interlocutorio N° 266 de fecha 27/11/19 dictado por la Cámara de Apelaciones en lo Penal N° 2 de la Segunda Circunscripción Judicial.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se pretende la admisión y despacho de Recurso de Casación contra el auto que declaró mal concedido el recurso de apelación.
¿Qué se resolvió?
Rechazar el Recurso de Casación por no cumplir la exigencia de definitividad prevista en el artículo 426 del Código Procesal Penal; costas a la recurrente vencida.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La definitividad del fallo constituye uno de los requisitos esenciales de admisibilidad del recurso. Su concepto se halla ligado con la cosa juzgada material o sustancial, entendida esta como el atributo que la ley le asigna a la sentencia firme para que el caso concreto resuelto por ella se mantenga inmutable para el futuro como garantía de seguridad jurídica. Por ello cabe, en principio descartar como impugnables toda clase de resoluciones que no pueden adquirir tal carácter" (STJSL-S.J.-S.D. N° 71/12 del 05/07/12 “INCIDENTE FRIAS ROQUE OSCAR – AV. HOMICIDIO – LESIONES” –INC. N° 91282/2 acumulado al principal N° 91282/11).
"Conforme este criterio se requiere que el pronunciamiento que motiva la controversia recaiga sobre el asunto principal objeto del litigio, condenando o absolviendo al demandado y que, de quedar firme, producirá cosa juzgada. Por consiguiente las decisiones de otra índole no son susceptibles de este Recurso, salvo que produzcan el efecto de aquellas finalizar la litis principal haciendo imposible su prosecución."
"Si bien en el caso sub-examen se invocan garantías constitucionales, la Suprema Corte tiene dicho que: 'la invocación de garantías constitucionales, arbitrariedad o gravedad institucional no suple la ausencia de definitividad de la resolución invocada' (C.S- Fallos T. 308:1486,2049; 313:22)."
Además, el voto mayoritario concluye en que "corresponde en consecuencia no admitir el Recurso" y, en consecuencia, "Rechazar el Recurso de Casación interpuesto en autos. Costas a la recurrente vencida (art. 71 C.P. Crim.)."
¿Cómo votaron los jueces?
Los Dres. Lilia Ana Novillo, Carlos Alberto Cobo y Martha Raquel Corvalán votaron en igual sentido (unanimidad).
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