INCIDENTE EN AUTOS ROSA DE ROMAGNOLI JUANA BEATRIZ- SU DCIA.- RECURSO DE CASACION
El recurrente impugnó por casación la resolución de Cámara que declaró desiertos recursos de casación contra el rechazo del planteo de prescripción por hechos de defraudación mediante contrato simulado. El Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso por inadmisible por no ser la resolución recurrida una “sentencia o resolución definitiva” en los términos del art. 426 del C.P. Crim.
¿Quién es el actor?
Dr. Carlos Emilio Gómez Ferrer (recurrente en casación).
¿A quién se demanda?
Auto interlocutorio dictado por la Excma. Cámara del Crimen Nº 1 de la Segunda Circunscripción Judicial (resolución que declaró desiertos los recursos de casación).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se interpone Recurso de Casación contra el Auto Interlocutorio Nº 173 de fecha 06/08/19 que declaró desiertos los recursos de casación presentados contra el Auto Interlocutorio Nº 99 de fecha 10/05/2019, en el incidente de apelación caratulado: ROSA DE ROMAGNOLI JUANA BEATRIZ – SU DENUNCIA, relacionado con el rechazo de un planteo de prescripción de la acción penal por el delito de defraudación mediante contrato simulado (art. 173 inc. 6 CP).
¿Qué se resolvió?
Rechazar el Recurso de Casación por resultar inadmisible al no cumplirse el requisito de definitividad exigido por el art. 426 del C.P. Crim.; imponer costas a la recurrente vencida.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Sin embargo, se advierte que no se cumple con la exigencia prevista en el art. 426 C.P. Crim., que establece como requisito insoslayable la procedencia de la vía de excepción intentada, que: 'El recurso procederá contra sentencias o resoluciones definitivas en las Cámaras de Apelaciones'.
En efecto, la resolución impugnada, Auto Interlocutorio N° 173 de fecha 06/08/19 ... que resolvió DECLARAR DESIERTOS los recursos de casación ... no reviste el carácter de sentencia definitiva ni es equiparable a tal. Ello en razón de que la misma no pone fin a la acción, a la pena o hace imposible que continúen las actuaciones, ni tampoco deniega la extinción, conmutación o suspensión de la pena.
A su vez, la recurrente no logra demostrar tampoco el agravio actual de imposible o tardía reparación posterior que le genera la decisión impugnada, consistente en la supuesta violación de las garantías de defensa en juicio y del debido proceso que permitiría equiparar a definitiva la resolución en crisis.
Lo hasta aquí expuesto resulta suficiente para declarar inadmisible el Recurso de Casación traído a estudio.
Por lo expuesto, VOTO a esta PRIMERA CUESTIÓN por la NEGATIVA."
(Citas jurisprudenciales incluidas en el voto: Fallos 328:1108; referencias a precedentes del propio STJSL y a doctrina que sostiene que "solo produce sentencia definitiva ... el auto de sobreseimiento y la sentencia definitiva y auto fundado que dispone no instruir sumario por inexistencia del delito o causal impeditiva o extintiva de la acción penal".)
¿Cómo votaron los jueces?
Unanimidad de los Dres. Lilia Ana Novillo, Carlos Alberto Cobo y Martha Raquel Corvalán; no se registran disidencias.
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