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Tribunal Superior

INCIDENTE RESERVADO - ZORRILLA VICTOR DANIEL C/ MUNICIPALIDAD DE VILLA LARCA S/ COBRO DE PESOS - RECURSO DE APELACION DIRECTO.-

Se solicitó regulación de honorarios por la actuación del Dr. José Huberto Flores en el incidente reservado vinculado a Zorrilla Víctor Daniel c/ Municipalidad de Villa Larca s/ Cobro de pesos. El Superior Tribunal denegó la regulación en esta instancia recursiva porque no existe previa regulación de honorarios en primera instancia respecto del incidente reservado, requisito del art. 14 de la Ley N° IV-0910-2014.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
EXP 343858/19
Honorarios Regulacion Incidente reservado Art. 14 ley iv-0910-2014 Apelacion directa Iurix Municipalidad de villa larca Zorrilla Denegatoria Requisitos procesales

¿Quién es el actor?

Dr. José Huberto Flores, quien peticiona la regulación de honorarios por su actuación en autos.

A quién se demanda (Demandado / contexto procesal): Petición dirigida en autos del "Incidente Reservado - Zorrilla Víctor Daniel c/ Municipalidad de Villa Larca s/ Cobro de pesos", en los que la Municipalidad fue apelante en recurso de apelación directo.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Regulación de honorarios por la labor desarrollada en la instancia de apelación directa vinculada al incidente reservado INR Nº 3901/16.

¿Qué se resolvió?

Denegar el pedido de regulación de honorarios por improcedente en esta instancia recursiva hasta tanto no exista la regulación previa en primera instancia respecto del mismo incidente.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"3) A los efectos regulatorios de esta instancia recursiva, cabe destacar que atento a lo dispuesto por el art. 14 Ley N° IV-0910-2014, es imprescindible contar previamente con la regulación de los honorarios de primera instancia y si bien el interesado acompañó sentencia definitiva N° 232 de fecha 26/12/13, dictada en el expediente principal EXP Nº 177335/8, que hace lugar a la demanda y bajo el punto 4) se le regulan los honorarios al Dr. FLORES en el 14% del monto del proceso, sin embargo dicha regulación es por la tarea general desarrollada en primera instancia.

Que, habiéndose consultado en el sistema IURIX, el INR Nº 3901/16 'Incidente Reservado - ZORRILLA VÍCTOR DANIEL c/ MUNICIPALIDAD DE VILLA LARCA s/ COBRO DE PESOS', por el cual vino en apelación directa a este Superior Tribunal, no surge que se le hayan regulado los honorarios al peticionante por este incidente, que es el que se debe tener en cuenta a los efectos del art. 14 de la citada Ley de Aranceles, por lo que no corresponde regular honorarios en esta instancia recursiva, hasta tanto no sea practicada la referida regulación en primera instancia por dicho incidente.

Por todo lo expuesto, SE RESUELVE : Denegar el pedido de regulación de honorarios.

REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE."

No constan votos en disidencia.

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