MORENO GLADIS ESTHER C/ EL HOGAR DE CRISTO S.R.L. Y OTROS S/ DESPIDO-LABORAL -RECURSO DE CASACION-
Se planteó excusación de la Sra. Ministro Dra. Cecilia Chada por intervención previa de la Dra. María Nazarena Chada en la causa laboral “MORENO GLADIS ESTHER c/ EL HOGAR DE CRISTO S.R.L. y OTROS s/ DESPIDO - LABORAL - RECURSO DE CASACIÓN”. El Superior Tribunal de Justicia admitió la excusación por encontrarse configurada la causal prevista en el art. 194 de la Constitución provincial.
¿Quién es el actor?
Causa caratulada “MORENO GLADIS ESTHER” (actora en el expediente laboral).
¿A quién se demanda?
EL HOGAR DE CRISTO S.R.L. y otros (parte demandada en el juicio de despido).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo por despido (causa de trabajo consignada en la carátula), expediente de casación IURIX EXP Nº 171737/9.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la excusación formulada por la Sra. Ministro Dra. Cecilia Chada, declarándose su apartamiento de entender en la causa por hallarse comprendida la causal del art. 194 de la Constitución de la Provincia de San Luis; ordenó registrarse y notificarse la resolución.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"1) Que mediante actuación N° 14942657, de fecha 13/10/2020, la Sra. Ministro de este Superior Tribunal, Dra. CECILIA CHADA, al advertir que ha tenido participación en el proceso como Juez de la Cámara Civil, Comercial, Minas y Laboral N° 2 de la Segunda Circunscripción Judicial, la Dra. MARÍA NAZARENA CHADA, se excusa de entender en la presente causa por estar comprendida en la causal prevista en el art. 194 de la Constitución de la Provincia.
2) Que atento a lo manifestado, y constancias de actuación N° 11543376, de fecha 09/05/19 (S.D. Nº 057), se verifica la intervención de la Dra. MARÍA NAZARENA CHADA, por lo que procede admitir el apartamiento solicitado, considerando configurada la previsión legal del art. 194 de la Constitución de la Provincia.
Por ello, SE RESUELVE : Hacer lugar a la excusación formulada por la Sra. Ministro de este Superior Tribunal, Dra. CECILIA CHADA. REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE."
(Firma digital de los Sres. Ministros: Lilia Ana Novillo, Andrea Carolina Monte Riso y Jorge Alberto Levingston.)
¿Cómo votaron los jueces?
La resolución final del Tribunal (bloque dispositivo) hace lugar a la excusación y está firmada por los tres Ministros mencionados; no constan votos en disidencia.
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