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Tribunal Superior

FIORANI FERNANDO ALBERTO C/ TRANSPORTE CANCIANI CARLOS Y OTRO S/ ACCIDENTE O ENFERMEDAD LABORAL - RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD.-

Se planteó excusación de la Ministra Dra. Cecilia Chada en una causa por accidente o enfermedad laboral con recurso de inconstitucionalidad. El Superior Tribunal hizo lugar a la excusación por hallarse configurada la causal del art. 194 de la Constitución provincial al intervenir como camarista su hermana Dra. María Nazarena Chada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
EXP 257989/13
Excusa Art. 194 constitucion provincial Recusacion/excepta Conflicto de interes Participacion previa Superior tribunal de justicia Accidente laboral Recurso de inconstitucionalidad Apartamiento de ministro San luis

¿Quién es el actor?

FIORANI FERNANDO ALBERTO.

¿A quién se demanda?

TRANSPORTE CANCIANI CARLOS y otro.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

causa por accidente o enfermedad laboral; en el expediente figura un recurso de inconstitucionalidad.

¿Qué se resolvió?

Se admitió la excusación formulada por la Sra. Ministra Dra. Cecilia Chada y se ordenó su apartamiento del conocimiento de la causa.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"1) Que mediante actuación N° 14975780, de fecha 16/10/2020, la Sra. Ministro de este Superior Tribunal, Dra. CECILIA CHADA, al advertir que ha tenido participación en el proceso como Camarista su hermana, la Dra. María Nazarena Chada, se excusa de entender en la presente causa por estar comprendida en la causal prevista en el art. 194 de la Constitución de la Provincia.

2) Que atento a lo manifestado, y constancias de actuación N° 11466949, de fecha 26/04/19, se verifica la intervención de la Dra. María Nazarena Chada, por lo que procede admitir el apartamiento solicitado, considerando configurada la previsión legal del art. 194 de la Constitución de la Provincia.

Por ello, SE RESUELVE : Hacer lugar a la excusación formulada por la Sra. Ministro de este Superior Tribunal, Dra. CECILIA CHADA. REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE."

¿Cómo votaron los jueces?

La resolución final está firmada digitalmente por los Ministros Novillo, Monte Riso y Levingston, por lo que la admisión de la excusación surge del acuerdo del Tribunal.

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