NAVARRO JULIO CEFERINO - HOMICIDIO EN OCASION DE ROBO - RECURSO DE CASACION.-
El condenado Julio Ceferino Navarro interpuso recurso de casación contra la sentencia de la Cámara del Crimen Nº 2 que lo declaró autor del delito de robo agravado en grado de tentativa en concurso real con homicidio doblemente agravado y lo condenó a prisión perpetua. El Superior Tribunal de Justicia confirmó la procedencia formal del recurso pero rechazó su pretensión por considerar que la sentencia de mérito está debidamente fundada y motivada, con valoración racional y congruente de la prueba; impone costas al recurrente.
¿Quién es el actor?
Julio Ceferino Navarro, por intermedio de sus abogados defensores (recurrente en casación).
¿A quién se demanda?
Sentencia dictada por la Excma. Cámara del Crimen Nº 2 de la Segunda Circunscripción Judicial (sentencia de mérito que condenó a Navarro).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Impugnación en casación de la sentencia condenatoria, por supuesto error en la aplicación de la ley y en la valoración de la prueba; se solicitaba, entre otros, que se reviera la calificación penal (petición alternativa de homicidio culposo) y que se declare que hubo valoración parcializada de testimonios y pericias.
¿Qué se resolvió?
El Superior Tribunal rechazó el recurso de casación interpuesto, confirmó la validez de la valoración probatoria y la motivación de la sentencia recurrida y condenatoria; imposición de costas al recurrente.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
1) “Así ha quedado debidamente probado que siendo aproximadamente las 21:30 del día 29 de noviembre de 2016, el acusado Julio Ceferino Navarro (con un casco en la cabeza) y el occiso Gustavo José Barros (a cara descubierta), ingresan portando un arma de fuego calibre 22 Bersa, en las instalaciones no identificadas de la Sede Policial ‘División Lucha contra el Narcotráfico’...”
2) “(…)Ha quedado perfectamente demostrado que Navarro efectuó el disparo que ocasionó la muerte de Pizarro y que dicho disparo lo efectúa inmediatamente después que Pizarro se identifica como Policía y da la voz de alto. Lo expuesto se traduce de las exposiciones claras y contestes de los efectivos que se encontraban en el lugar del hecho.”
3) “En definitiva se concluye que, del análisis del fallo en estudio resulta que el mismo se basa en una pluralidad de elementos de convicción, racionalmente enunciados y valorados ajustadamente, de modo de configurar univocidad y derivando en una conclusión suficientemente motivada, dotada de una sólida lógica interna reconocible...”
4) Bloque dispositivo final (resolución): “SE RESUELVE: I) Rechazar el Recurso de Casación interpuesto. II) Costas al recurrente. REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE.”
¿Cómo votaron los jueces?
Votación unánime de las Sras. Ministras Lilia Ana Novillo, Andrea Carolina Monte Riso, Cecilia Chada y el Sr. Ministro Jorge Alberto Levingston; el acuerdo resolvió por mayoría (todas las ministras y el ministro compartieron el voto de la Presidenta).
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