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Tribunal Superior

TRECHUELO DIEGO GASTON C/ 25 DE MAYO S.R.L. S/ COBRO DE PESOS - LABORAL -RECURSO DE CASACION-

Se planteó excusación por parte de la Dra. Cecilia Chada por haber intervenido su par en la instancia anterior. El Superior Tribunal de Justicia hizo lugar al pedido por configurarse la causal del artículo 194 de la Constitución provincial y 30 del CPC y C., y admitió el apartamiento.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
EXP 260369/13
Excusacion Recusal Articulo 194 constitucion pcia. san luis Art. 30 cpc y c. Apartamiento Casacion Cobro de pesos Laboral Competencia Interlocutorio.

¿Quién es el actor?

Trechuelo Diego Gastón (figura en la carátula).

¿A quién se demanda?

25 de Mayo S.R.L. (figura en la carátula).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de pesos - materia laboral (se tramita recurso de casación).

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la excusación formulada por la Ministra Dra. Cecilia Chada y se la apartó de entender en la causa por la causal prevista en el artículo 194 de la Constitución de la Provincia y 30 del Código Procesal Civil y Comercial.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"1) Que mediante actuación N° 15308754, de fecha 01/12/2020, la Sra. Ministro de este Superior Tribunal, Dra. CECILIA CHADA, al advertir que ha tenido participación en el proceso como Juez de la Cámara, la Dra. MARÍA NAZARENA CHADA, se excusa de entender en la presente causa por estar comprendida en la causal prevista en el art. 194 de la Constitución de la Provincia y 30 del CPC y C."

"2) Que atento a lo manifestado, y constancias de actuación N° 13812425, de fecha 17/04/2020, se verifica la intervención de la Dra. MARÍA NAZARENA CHADA, por lo que procede admitir el apartamiento solicitado, considerando configurada la previsión legal del art. 194 de la Constitución de la Provincia y 30 del CPC y C."

"Por ello, SE RESUELVE: Hacer lugar a la excusación formulada por la Sra. Ministro de este Superior Tribunal, Dra. CECILIA CHADA. REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE."

¿Cómo votaron los jueces?

La resolución final está firmada digitalmente por los Ministros Novillo, Monte Riso y Levingston (acuerdo).

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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