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Tribunal Superior

AFIP-DGI - VERIF. CREDITO FLOP S.A. C PVO.-INC.REVISION - RECURSO DE QUEJA.-

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP-DGI) interpuso recurso de queja contra la resolución que denegó el recurso extraordinario local respecto de la insinuación de crédito de FLOP S.A. El Superior Tribunal de Justicia admitió la queja y concedió el recurso de inconstitucionalidad por la causal no reglada de arbitrariedad, ordenando remitir los autos principales a este Alto Cuerpo.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
EXP 360167/20
Afip-dgi Recurso de queja Arbitrariedad Recurso de inconstitucionalidad Inadmisibilidad Insinuacion de credito Concurso Valoracion de documental Remision de autos Recaratulacion

¿Quién es el actor?

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP-DGI).

A quién se demanda (Demandado / causa principal): FLOP S.A. (insinuación de crédito en concurso).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Se impugna la resolución de la Cámara de Apelaciones que declaró inadmisible el recurso extraordinario local; se pretende revisión de la denegatoria que rechazó la valoración de la documental que, según la recurrente, acredita el crédito fiscal insinuado en el concurso.

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar al recurso de queja; se concede el recurso de inconstitucionalidad por la causal no reglada de arbitrariedad; se ordena remitir los autos principales con documental a este Alto Cuerpo; acumular la queja a los autos principales y recaratular la causa agregando “Recurso de Inconstitucionalidad”.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que ya en el análisis de la cuestión planteada, y compartiendo el criterio fijado por el Sr. Procurador General, se entiende que corresponde hacer lugar al recurso de queja interpuesto por la demandada, por la causal no reglada de arbitrariedad, todo ello en base a las consideraciones que a continuación se exponen y sin perjuicio de lo que se resuelva en definitiva."

"Se observa que el recurso de queja planteado contiene -desde el punto de vista formal- hipótesis de arbitrariedad articuladas correctamente por el recurrente. Es decir que, a primera vista y con un carácter estrictamente excepcional, resultarían vulnerados derechos y garantías constitucionales, en tanto parecen verosímiles los agravios expuestos por el recurrente."

"En tales hipótesis este Superior Tribunal, al igual que la Corte Suprema de Justicia de la Nación, y como excepción, ha abierto el recurso de inconstitucionalidad por arbitrariedad de sentencia (causal no reglada y pretoriana), para mantener la supremacía constitucional."

Y del bloque resolutivo final (transcripción literal):

"SE RESUELVE: I) Hacer lugar al recurso de queja planteado, concediendo el recurso de inconstitucionalidad por la causal no reglada de arbitrariedad, sin perjuicio de lo que se resuelva en oportunidad de la sentencia definitiva.

II) Por Secretaría, líbrese oficio a fin de que remita a es Alto Cuerpo los autos principales junto con su documental.

III) Fecho, acumúlese la presente queja a los autos principales y recaratúlese la causa agregando al final “Recurso de Inconstitucionalidad”."

¿Cómo votaron los jueces?

No constan votos en disidencia en el dispositivo; la resolución aparece firmada por los Ministros Levingston, Fernández y Chada; las Dres. Monte Riso y Bernal se encuentran excusada y en licencia respectivamente.

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