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Tribunal Superior

SANCHEZ GASTON EDUARDO C/ LA SEGUNDA A.R.T. S.A. Y OTRO S/ COBRO DE PESOS - LABORAL - RECURSO DE QUEJA.-

Se planteó excusación de la Ministra Dra. Cecilia Chada por intervención previa de la Dra. María Nazarena Chada en el expediente principal. El Superior Tribunal de Justicia admitió la excusación por hallarse configurada la causal prevista en el art. 194 de la Constitución provincial y el art. 30 del CPC y C.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
EXP 366272/21
Excusacion Art. 194 constitucion pcia. san luis Art. 30 cpc y c. Recusacion/apartamiento Laboral Cobro de pesos Intervencion previa Superior tribunal de justicia Tramite incidental Notificacion

¿Quién es el actor?

Sánchez Gastón Eduardo (actor en el expediente principal).

¿A quién se demanda?

La Segunda A.R.T. S.A. y otro (demandado en el expediente principal).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de pesos — laboral (expediente principal caratulado “SANCHEZ GASTON EDUARDO C/ LA SEGUNDA A.R.T. S.A. Y OTRO s/ COBRO DE PESOS - LABORAL”).

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la excusación formulada por la Sra. Ministra Dra. Cecilia Chada, que se aparta de intervenir en la causa por encontrarse comprendida en la causal del art. 194 de la Constitución provincial; la resolución fue registrada y notificada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"1) Que mediante actuación N° 16238402, de fecha 16/04/21, la Sra. Ministro de este Superior Tribunal, Dra. CECILIA CHADA, al advertir que ha tenido participación en el expediente principal como Juez de la Cámara, la Dra. MARÍA NAZARENA CHADA, se excusa de entender en la presente causa por estar comprendida en la causal prevista en el art. 194 de la Constitución de la Provincia.

2) Que atento a lo manifestado, y constancias del expediente principal 301853/16 “SANCHEZ GASTON EDUARDO C/ LA SEGUNDA A.R.T. S.A. Y OTRO S/ COBRO DE PESOS - LABORAL” en actuación N° 15053517 de fecha 28/10/2020 (AI Nº 193) y actuación N° 15633778 de fecha 05/02/21 (AI N° 10), se verifica la intervención de la Dra. MARÍA NAZARENA CHADA, por lo que procede admitir el apartamiento solicitado, considerando configurada la previsión legal de los arts. 194 de la Constitución de la Provincia y 30 del CPC y C.

Por ello, SE RESUELVE: Hacer lugar a la excusación formulada por la Sra. Ministro de este Superior Tribunal, Dra. CECILIA CHADA. REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE."

¿Cómo votaron los jueces?

La resolución se encuentra firmada digitalmente por los Sres. Ministros JORGE ALBERTO LEVINGSTON, ANDREA CAROLINA MONTE RISO y JORGE OMAR FERNÁNDEZ. No constan votos en disidencia.

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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