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Tribunal Superior

ESCRITO SUELTO RELACIONADO - VALDEYUCA SOCIEDAD LIMITADA S/ POSESION VEINTEA?AL - RECURSO DE QUEJA.-

El recurrente solicitó la revocatoria de la providencia que corrió traslado de una denuncia por presunto fraude procesal. El Superior Tribunal rechazó la revocatoria y sostuvo que la remisión de la denuncia para despacho y traslado preserva el principio del contradictorio y la garantía de defensa en juicio.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
ERE 355612/1
Revocatoria Incidente Fraude procesal Traslado Principio de contradiccion Garantia de defensa Sustanciacion Posesion veinteanal Ejecucion de honorarios Agrozira s.a.

¿Quién es el actor?

Dr. Elías Taurant, por derecho propio.

¿A quién se demanda?

Se impugna una providencia que corrió traslado a la contraria y en la denuncia se mencionó al Dr. Daract; la actuación principal está caratulada contra AGROZIRA S.A. y VALDEYUCA S.L.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Revocatoria parcial de la providencia de fecha 05/08/2020 que ordenó correr traslado de la denuncia presentada por Taurant por una supuesta tentativa de fraude procesal; pide además que la denuncia sea informada al Procurador General con habilitación de día y hora.

¿Qué se resolvió?

Rechazar el Recurso de Revocatoria interpuesto (ESCEXT Nº 14422677 fecha 05/08/2020). Agregar el escrito a los autos principales y no imponer costas por no haber sustanciación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Transcripción de los párrafos relevantes (texto original):

"Como primera cuestión, es dable recordar que el Recurso de Revocatoria es un remedio procesal que tiende a la corrección de una anomalía procesal por el mismo órgano jurisdiccional que la efectuó en el curso del juicio (ALVARADO VELLOSO, Adolfo E., "Recurso de Reposición", en Revista de Estudios Procesales, Nº 1, set. 1969, Rosario, Centro de Estudios Procesales pág. 7, citado en El Recurso de Reposición, Sup. Doctrina Judicial Procesal 2012 (julio), 42, cita online AR/DOC/3133/2012)."

"Que, en el caso, el Tribunal juzgó pertinente correr traslado de la denuncia formulada en resguardo del contradictorio y de la garantía de defensa en juicio, por lo que, en tal mérito, las consideraciones expuestas por el recurrente no son de recibo y la revocatoria debe desestimarse."

"Cabe señalar que una de las consecuencias de la garantía de la defensa en juicio es la vigencia del principio de contradicción que impide que los órganos judiciales dicten resoluciones susceptibles de afectar los derechos de otro sin darle previamente la posibilidad de ser oído. (Cfr. Lino E. Palacio, "Derecho Procesal Civil", t. V, p. 340)."

¿Cómo votaron los jueces?

La resolución fue firmada digitalmente por los Ministros Levingston, Fernández y Chada; no constan votos en disidencia en el dispositivo final.

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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