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Tribunal Superior

BENITO FERMIN C/ MUNICIPALIDAD DE MERLO S/ DEMANDA DE INCONSTITUCIONALIDAD

El Dr. Juan Cruz Domínguez solicitó la regulación de honorarios por su labor en el proceso de ejecución de sus honorarios. El Superior Tribunal de Justicia reguló los honorarios en $49.821,59 al 05/11/18 y aplicó interés según la tasa activa cartera general desde esa fecha hasta el pago.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
EXP 208380/11
Honorarios Ejecucion de honorarios Regulacion Interes Ley de aranceles profesionales Articulo 45 Municipalidad de merlo Apoderado Patrocinante Tasa activa cartera general

¿Quién es el actor?

Dr. Juan Cruz Domínguez (peticionante, abogado patrocinante y apoderado).

¿A quién se demanda?

Municipalidad de Merlo (en el expediente principal: “BENITO FERMIN c/ MUNICIPALIDAD DE MERLO s/ DEMANDA DE INCONSTITUCIONALIDAD”).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Regulación de honorarios por la labor realizada en el proceso de ejecución de sus honorarios.

¿Qué se resolvió?

Se regulan los honorarios del Dr. Juan Cruz Domínguez en la suma de PESOS CUARENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS VEINTIUNO CON CINCUENTA Y NUEVE CENTAVOS ($49.821,59) al 05/11/18; las sumas reguladas devengarán interés aplicando la tasa activa cartera general (préstamos), nominal anual, desde el 05/11/18 hasta su efectivo pago.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que teniendo en cuenta la labor desarrollada por el Dr. Domínguez en el proceso de ejecución de sus honorarios, detalladas ut supra, se considerarán cumplidas todas las etapas, por cuanto se logró con éxito el cobro de la totalidad de sus honorarios. Atento a ello se aplicará los máximos previstos en la ley de honorarios de abogados y procuradores en su artículo 45, es decir el 20% en el carácter de patrocinante y el 50% como apoderado (sobre el porcentaje anterior), suma que debe ser reducida en el 30% por no haberse planteado excepciones."

"Calculados los porcentajes previstos en el mencionado artículo sobre la suma actualizada y aprobada ($ 237.247,70) corresponde se regule al Dr. Juan Cruz Domínguez la cantidad de PESOS CUARENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS VEINTIUNO CON CINCUENTA Y NUEVE CENTAVOS ($49.821,59) al 05/11/18."

"Asimismo, cabe destacar que, las sumas reguladas devengarán un interés que surja de aplicar la tasa activa cartera general (préstamos), nominal anual del Banco de la Nación Argentina (Cfr. STJSLS.J.–S.D. Nº 161/17 del 23/12/17, “TORRES ÁNGEL MARTÍN c/ ALTA TENSIÓN S.A. y OTROS s/ ACCIDENTE O ENFERMEDAD LABORAL RECURSO DE CASACIÓN” - IURIX EXP N° 217969/11), desde el 05/11/18 (fecha de la planilla de liquidación que obra en actuación N° 10380665), hasta la fecha del pago total y efectivo, de conformidad a lo establecido por el art. 57 de la Ley de Aranceles Profesionales."

¿Cómo votaron los jueces?

La resolución está firmada por los Ministros J. A. Levingston, A. C. Monte Riso y J. O. Fernández; no constan disidencias en el dispositivo.

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