WALICKI MARISOL ISABEL C/ SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE SAN LUIS S/ DEMANDA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA
La actora promovió demanda contencioso administrativa contra autos interlocutorios que impusieron y confirmaron una multa del 25% de una remuneración. El Superior Tribunal de Justicia rechazó la demanda por mayoría, concluyendo que al momento de la imposición de la sanción la garantía sindical ya no estaba vigente y que la tramitación y dictado del sumario y del dictamen instructor no vulneraron la tutela sindical.
¿Quién es el actor?
Marisol Isabel Walicki, agente del Poder Judicial.
¿A quién se demanda?
Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de San Luis (y el Poder Ejecutivo/órganos que intervinieron en la contestación).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se impugnan el Auto Interlocutorio Nº 195-STJSL-SA-2017 (06/10/2017), que aplicó sanción de multa equivalente al 25% de una remuneración mensua l en el marco del Expte. ADM 612/15 (sumario administrativo), y el Auto Interlocutorio Nº 241-STJSL-SA-2017 (11/12/2017) que rechazó el recurso de reconsideración; se pretende la nulidad de dichos actos y la devolución del importe retenido, alegando vulneración de la garantía sindical (Ley 23.551).
¿Qué se resolvió?
Rechazar en todas sus partes la demanda contencioso administrativa de fecha 28/02/2018 y condenar en costas a la actora (recurrente vencida).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"6.1) Sobre el primer punto debe decirse que -tal como lo reconoce la actora- la tutela sindical contenida en la Ley 23.551, no excluye el proceso investigativo implicado en la tramitación del sumario administrativo; antes bien éste es indispensable para determinar la existencia o no de responsabilidad disciplinaria en el agente, al cabo del cual la administración estará en óptimas condiciones de evaluar la procedencia del pedimento de desafuero gremial, si este correspondiere.
Al respecto doctrina especializada sostiene que el sumario administrativo “…se puede cumplir no obstante que el agente involucrado fuese un agente amparado por la garantía del art. 52 –Cap. XII-, de la ley 23.551. En efecto, la sustanciación del sumario disciplinario permitirá a la autoridad competente, esto es, quien tiene a su cargo dictar el acto conclusivo (…) que declare o determine la existencia de una falta disciplinaria, quién es su autor, y le imponga una sanción disciplinaria, o, por el contrario, declare la inexistencia de responsabilidad. Recién con dicha decisión, se está en condiciones de conocer la posible aplicación de una sanción disciplinaria”. (cfr. REPETTO, Alfredo L., Procedimiento administrativo disciplinario – El Sumario, 2° edición ampliada y actualizada, Edit. Cathedra Jurídica, año 2014, págs. 580/581)."
"6.3) En el caso el pedido de exclusión de la tutela sindical no fue necesario, porque, como bien apuntó el Procurador General, al tiempo de la aplicación de la sanción, la agente ya no contaba con la protección del art. 52 y cc. de la Ley 23.551, pues hacía más de una año que había cesado en la función sindical."
¿Cómo votaron los jueces?
La Dra. Cecilia Chada expuso y votó en los términos indicados; los Dres. Andrea Monte Riso, Jorge A. Levingston y Jorge O. Fernández adhieren. No firma la Dra. Diana M. Bernal por licencia.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Leyes que cita
- Ley 23.551Asociaciones sindicales
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.