TORRES ADELINO RICARDO C/ ESTRADA JOSE RAMON S/ POSESION VEINTEA?AL - RECURSO DE QUEJA.-
La Ministro Dra. Cecilia Chada solicitó excusación por hallarse comprendida en la causal prevista en los arts. 194 de la Constitución provincial y 30 del CPC y C. El Superior Tribunal de Justicia hizo lugar a la excusación tras verificar la intervención previa de la Dra. María Nazarena Chada en los autos de posesión veinteañal.
¿Quién es el actor?
La Sra. Ministro del Superior Tribunal, Dra. Cecilia Chada, mediante actuación N° 16884881, que formuló la excusación.
¿A quién se demanda?
En cuanto al incidente, se solicita el apartamiento respecto del conocimiento de la causa principal caratulada “TORRES ADELINO RICARDO c/ ESTRADA JOSÉ RAMÓN s/ POSESIÓN VEINTEAÑAL” (Expte. N° 307727/17).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se pide admitir la excusación/exclusión de la Sra. Ministro Cecilia Chada por encontrarse comprendida en la causal de prohibición por haber intervenido en el proceso la Dra. María Nazarena Chada.
¿Qué se resolvió?
Hacer lugar a la excusación formulada por la Dra. Cecilia Chada. REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"1) Que mediante actuación N° 16884881, de fecha 02/07/21, la Sra. Ministro de este Superior Tribunal, Dra. CECILIA CHADA, al advertir que ha tenido participación en el proceso como Juez de la Cámara, la Dra. MARÍA NAZARENA CHADA, se excusa de entender en la presente causa por estar comprendida en la causal prevista en los arts. 194 de la Constitución de la Provincia y 30 del CPC y C.
2) Que atento a lo manifestado, y constancias de Auto Interlocutorio N° 31/2021 de fecha 15/03/2021, actuación N° 15959133, del expediente principal N° 307727/17 “TORRES ADELINO RICARDO C/ ESTRADA JOSE RAMON S/ POSESIÓN VEINTEAÑAL”, se verifica la intervención de la Dra. MARÍA NAZARENA CHADA, por lo que procede admitir el apartamiento solicitado, considerando configurada la previsión legal de los arts. 194 de la Constitución de la Provincia y 30 del CPC y C.
Por ello, SE RESUELVE: Hacer lugar a la excusación formulada por la Sra. Ministro de este Superior Tribunal, Dra. CECILIA CHADA. REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE."
¿Cómo votaron los jueces?
La resolución está firmada digitalmente por los Ministros JORGE ALBERTO LEVINGSTON, ANDREA CAROLINA MONTE RISO, JORGE OMAR FERNÁNDEZ y DIANA MARÍA BERNAL.
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