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Tribunal Superior

CONTRERAS MIRIAM EMMA Y EN REPRESENTACION DE BARROSO SONIA MIRIAM C/ ROVELLA Y CARRANZA S.A. Y/O PREMOLDEADOS S.A. S/ MEDIDAS PRELIMINARES - ACCIDENTE DE TRABAJO - RECURSO DE CASACION - REGULACION DE HONORARIOS.-

Se regulan honorarios profesionales por la labor en recurso de casación vinculado a accidente de trabajo. El Superior Tribunal fijó $14.098,61 para el patrocinante y $5.639,44 para la apoderada, con actualización por la tasa activa Cartera General desde mayo de 2015 hasta su pago.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
EXP 70298/5
Honorarios Recurso de casacion Accidente de trabajo Regulacion Art. 13 ley de honorarios iv-099-2004 Tasa activa cartera general Actualizacion Patrocinante Apoderada Stj san luis

¿Quién es el actor?

Los profesionales que solicitaron la regulación, Dr. Enrique Aníbal Costanzo (patrocinante) y Dra. Adela Pérez del Viso (apoderada) en representación de la parte actora (CONTRERAS Miriam Emma y otros).

¿A quién se demanda?

No corresponde una demanda contra tercero; la regulación se solicita en autos del recurso de casación contra MEDIDAS PRELIMINARES / CARRANZA S.A. y otros (causa originaria: accidente de trabajo).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Regulación de honorarios profesionales por la labor cumplida en la instancia extraordinaria (recurso de casación).

¿Qué se resolvió?

Se regulan los honorarios en favor del Dr. Costanzo por $14.098,61 y de la Dra. Pérez del Viso por $5.639,44; las sumas devengarán interés aplicando la tasa activa Cartera General (préstamos), nominal anual del Banco de la Nación Argentina desde mayo de 2015 hasta su pago.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que, atento la labor realizada por la contestación del recurso de casación y el resultado obtenido, de conformidad a lo previsto por el art. 13 de la Ley de Honorarios N° IV-099-2004, se fija el treinta y cinco por ciento (35%) de los regulados en primera instancia.

Realizados los cálculos arroja la cantidad $ 14.098,61 para el Dr. COSTANZO ENRIQUE ANIBAL en el carácter de patrocinante de la parte actora y la suma de $5.639,44 para la Dra. ADELA PEREZ DEL VISO en el carácter de apoderada de la misma.

Finalmente, las sumas reguladas serán actualizadas aplicando la tasa activa Cartera General (préstamos), nominal anual del Banco de la Nación Argentina ... esto es desde mayo de 2015 hasta su efectivo pago."

Texto del dispositivo final:

"SE RESUELVE: I) Regular los honorarios del Dr. COSTANZO ENRIQUE ANIBAL en el carácter de patrocinante de la parte actora en PESOS CATORCE MIL NOVENTA Y OCHO CON SESENTA Y UN CENTAVOS($ 14.098,61) y para la Dra. ADELA PEREZ DEL VISO en el carácter de apoderada de la misma, la suma de PESOS CINCO MIL SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE CON CUARENTA Y CUATRO CENTAVOS ($5.639,44).

II) Las sumas reguladas devengarán un interés que surja de aplicar la tasa activa Cartera General (préstamos), nominal anual del Banco de la Nación Argentina desde mayo del 2015 y hasta su efectivo pago.

REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE."

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