BALZA WALTER ARIEL - LESIONES GRAVES CALIFICADAS -RECURSO DE CASACION-
El condenado fue acusado de lesiones graves calificadas en contexto de violencia de género y vínculo. El Superior Tribunal de Justicia confirmó la sentencia de Cámara que lo condenó a cinco años de prisión, rechazando la casación por entender que no se acreditó errónea valoración probatoria ni violación de garantías procesales.
¿Quién es el actor?
Recurrente: defensor del condenado Walter Ariel Balza (a fs. 13644241 interpone Recurso de Casación).
¿A quién se demanda?
Sentencia dictada por la Excma. Cámara del Crimen Nº 1 de la Segunda Circunscripción Judicial (parte contraria el Estado - acción penal con víctima María Rita Paola Guzmán).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se impugna la sentencia de veredicto (20/02/2020) que condenó a Balza por el delito de lesiones graves calificadas por el vínculo y haberse cometido en un contexto de violencia de género, y la individualización de la pena (5 años de prisión); se denunciaron agravios por supuesta nulidad del debate por suspensión >30 días (art. 325 C.P.Crim.), errónea valoración de prueba y desproporción de la pena.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de casación y se confirmó la sentencia recurrida; costas al recurrente vencido. Pena impuesta en la sentencia de mérito de cinco años de prisión efectivizada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Transcripciones textuales relevantes (parágrafos tal como obra en la sentencia):
"Declarar a “WALTER ARIEL BALZA, como AUTOR penalmente responsable del delito LESIONES GRAVES CALIFICADAS POR EL VINCULO Y HABERSE COMETIDO EN UN CONTEXTO DE VIOLENCIA DE GENERO (arts. 90, 92, con remisión al art. 80 incs. 1º y 11º del Código Penal) en perjuicio de MARIA RITA PAOLA GUZMAN y condenarlo a sufrir la pena de CINCO AÑOS DE PRISION EFECTIVA, accesorias legales y costas procesales, disponiendo su alojamiento en el Servicio Penitenciario Provincial"."
"Por lo expuesto, concluyo, que en la sentencia bajo recurso se ha efectuado una correcta aplicación del derecho, ya que del examen exhaustivo de la causa surge acreditada la autoría y responsabilidad penal del Sr. WALTER ARIEL BALZA por el delito de lesiones graves calificadas por el vínculo y haberse cometido en un contexto de violencia de género en perjuicio de MARÍA RITA PAOLA GUZMÁN (arts. 90, 92, con remisión al 80 incs. 1º y 11º del Código Penal), correspondiendo rechazar el Recurso intentado."
"Y VISTOS: En mérito al resultado obtenido en la votación del Acuerdo que antecede, SE RESUELVE: I) Rechazar el Recurso de Casación intentado, confirmando la sentencia recurrida. II) Costas al recurrente vencido. REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE."
Otras razones expuestas por el Tribunal: se consideró que los agravios se limitan a mera discrepancia con la valoración probatoria y la individualización de la pena y que la sentencia de mérito está debidamente motivada conforme a la sana crítica, la lógica y la experiencia; respecto de la supuesta nulidad por suspensión de audiencias se entendió que no se acreditó perjuicio concreto que habilite anular el debate (principio pas de nullité sans grief y jurisprudencia de la CSJN citada).
¿Cómo votaron los jueces?
El voto de la Dra. Cecilia Chada producto de análisis probatorio y jurídico fue acompañado por los Dres. Levingston, Monte Riso, Fernández y Bernal, formando mayoría unánime en las cuestiones decididas.
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