FERNANDEZ MARIA HELENA C/ ASOCIART S.A. ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S/ ACCIDENTE O ENFERMEDAD LABORAL - RECURSO DE CASACION
La actora reclamó indemnización por daños sufridos en un accidente in itinere contra ASOCIART S.A. (ART). El Superior Tribunal de Justicia hizo lugar al recurso de casación, casó la sentencia Nº 160/2019 y devolvió las actuaciones para que el tribunal de alzada dicte nuevo pronunciamiento por omisión de evaluación del régimen de la ley de riesgos del trabajo.
¿Quién es el actor?
FERNANDEZ MARIA HELENA (actora).
¿A quién se demanda?
ASOCIART S.A. ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Indemnización por daños derivados de un accidente ocurrido en el trayecto al trabajo (accidente in itinere); se planteó reparación integral y se formuló, además, planteos de inconstitucionalidad respecto de ciertos aspectos de la Ley 24.557 (LRT), así como cuestionamientos sobre bases tarifarias.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar al recurso de casación interpuesto contra la sentencia definitiva Nº 160/2019 (26/12/2019) de la Cámara Civil, Comercial, Minas y Laboral Nº 1 de la Segunda Circunscripción; se casó aquella sentencia y se devolvieron las actuaciones para que el tribunal de alzada dicte un nuevo pronunciamiento; se impusieron las costas a la parte vencida.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"si en la demanda se solicitó expresa declaración de inconstitucionalidad de dicho artículo, pretendiendo que no le sea aplicable a la actora, mal puede hoy al agraviarse (…) sostener que su demanda se fundó justamente en un accidente in itinere que e (s) la única norma en que está prevista, la actora trató de sepultarla jurídicamente".
"Ante la referida presentación, poner el énfasis en las partes de la demanda que exorbitan el régimen especial de responsabilidad por riesgos del trabajo, y al mismo tiempo desconocer las alegaciones específicas realizadas dentro del referido régimen, constituye una práctica que incumple con la máxima que impone a los jueces el deber de dirimir los conflictos 'valorando autónomamente la realidad fáctica y encuadrándola en las normas jurídicas que correspondieren, con prescindencia de los fundamentos de las partes'."
"En consecuencia, corresponde receptar el planteo de casación, en la medida en que en las instancias ordinarias no se ha evaluado la procedencia del reclamo indemnizatorio, en los términos de la ley de riesgos del trabajo, cuando ello se imponía debido a las particulares circunstancias de la causa."
Bloque dispositivo final (texto literal): "SE RESUELVE: I) Hacer lugar al recurso de casación y casar la sentencia definitiva Nº 160/2019, de fecha 26/12/2019 (ESCEXT Nº 13288769), dictada por la Cámara Civil, Comercial, Minas y Laboral Nº 1) de la Segunda Circunscripción Judicial. II) Devolver las actuaciones para que tribunal hábil dicte nuevo pronunciamiento, con arreglo a lo desarrollado precedentemente. III) Con costas. IV) Ofíciese. REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE."
¿Cómo votaron los jueces?
La decisión contó con los votos de los Dres. Cecilia Chada, Jorge Alberto Levingston, Andrea Carolina Monte Riso y Jorge Omar Fernández. No se registran votos en disidencia en el acuerdo publicado.
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Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
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