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Tribunal Superior

INCIDENTE DE CASACION EN AUTOS DE OLIVEIRA PEREIRA EDIVALDO (IMP.) - PEX 191484/16 - DEFENSA DR. IVAN CORIA- DRA. OLGA ALLENDE

La Fiscalía de Cámara Nº 1 y las defensas de Edivaldo De Oliveira Pereira y Cristián Leandro Vílchez plantearon recursos de casación contra la sentencia de la Cámara del Crimen Nº 1 que condenó a De Oliveira y Vílchez y absolvió a Diego Lorenzetti. El Superior Tribunal de Justicia hizo lugar a los recursos, anuló la sentencia impugnada y ordenó el reenvío a la instancia de origen para la conformación de nuevo tribunal y la celebración de un nuevo debate por defectos en la valoración integral de la prueba.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
INC 191484/13
Homicidio Casacion Valoracion de la prueba Confesion Indicios Nulidad por arbitrariedad Anulacion de sentencia Reenvio a nuevo debate Ministerio publico fiscal Pena 22 anos

¿Quién es el actor?

Recurren por casación la Sra. Fiscal de Cámara Nº 1 y las defensas de Edivaldo De Oliveira Pereira y de Cristián Leandro Vílchez.

¿A quién se demanda?

Sentencia dictada por la Excma. Cámara del Crimen Nº 1 de la Primera Circunscripción Judicial (Expte. N° 141984/16).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Se impugna la sentencia de 20/07/2020 con fundamentos de 07/08/2020 que declaró culpables a De Oliveira y Vílchez (condenados a 22 años) y absolvió por duda a Diego Lorenzetti, por vicios en la fundamentación y valoración probatoria (valoración parcializada de indicios, omisión de prueba decisiva, tratamiento arbitrario de la confesión y datos de investigación policial).

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a los tres recursos de casación, se anuló la sentencia impugnada y se reenviaron las actuaciones a la instancia de origen para que, por jueces hábiles, se conforme nuevo tribunal y se celebre nuevo debate; se dispuso no hacer costas a los recurrentes.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"SE RESUELVE: I) HACER LUGAR a los Recursos de Casación interpuestos por la Sra. Fiscal de Cámara Nº 1 (actuación Nº 14482984 del 12/08/2020), por la Defensa de De Oliveira Pereira Edivaldo (actuación Nº 14479088 del 12/08/2020) y por la Defensa de Cristián Leandro Vílchez (actuación Nº 14481637 del 12/08/2020), respectivamente. II) ANULAR la Sentencia integrada por el Veredicto de fecha 20/07/2020 (actuación Nº 14361127) y Fundamentos de fecha 07/08/2020 (actuación Nº 14430468) del Expte. Principal N° 141984/16, dictada por la que fuera la Excma. Cámara del Crimen Nº 1 de la Primera Circunscripción Judicial. III) REENVIAR la causa a la instancia de origen para que por medio de jueces hábiles, se conforme un nuevo tribunal y se celebre nuevo debate, con la premura que el caso amerita."

"Se observa que el fallo ha realizado una incompleta integración de las pruebas relevantes por su capacidad de derivación de apoyo del relato, lo que constituye un defecto de fundamentación omisiva, que a su vez, es un vicio de nulidad. En efecto, se ha valorado en forma parcial la prueba confesional... Al respecto se advierte una valoración arbitraria y parcializada de esta prueba (confesional), pues no se ha extendido el valor convictivo otorgada a la misma, con relación al procesado Diego Lorenzetti, cuando del texto de la confesión surge que la ejecución de la muerte de Romina fue por encargo de Lorenzetti y que les pagaría la suma de PESOS CIEN MIL ($ 100.000.-). En consecuencia, con relación a éste no se hace ninguna referencia con el hecho investigado, por lo que resulta beneficiado por el beneficio de la duda y si se utiliza para incriminar a Vílchez y De Oliveira, dejando vislumbrar un trato diferenciado en relación a cada uno de los imputados."

"La falta de valoración integral de los indicios no se compadece con la invocación del art. 1º del C.P. Crim., ya que el estado de duda debe derivarse de la racional y objetiva evaluación de las constancias del proceso, la que estimo, no se ha realizado. A la luz de estas premisas entiendo que, en el caso de autos, la absolución dictada ha derivado de una valoración aislada y fragmentaria de los elementos arrimados al proceso."

¿Cómo votaron los jueces?

La resolución fue aprobada por los Dres. Levingston, Fernández, Bernal y Chada; la Dra. Monte Riso se encontraba excusada. La decisión del bloque dispositivo final constituye la decisión de mayoría.

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