INCIDENTE DE APELACION DE MEDIDA CAUTELAR EN AUTOS MEDERO YESICA BELEN C/ BERTOLA TATIANA S/ LABORAL COBRO DE PESOS POR DESPIDO ORALIDAD-INICIAL -RECURSO DE CASACION-
La actora interpuso recurso de casación contra el auto de Cámara que dejó sin efecto el embargo preventivo en un proceso laboral por despido. El Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso por improcedente en casación al ser la cuestión de naturaleza procesal, no tratarse de sentencia definitiva y sostener que las implicancias fácticas y probatorias son impropias de la casación.
¿Quién es el actor?
Yesica de Belén Medero (recurrente).
¿A quién se demanda?
Tatiana Bertola (parte demandada en el proceso laboral).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se cuestiona el auto interlocutorio N°31/2021 de la Cámara de Apelaciones (Tercera Circunscripción) que dejó sin efecto el embargo preventivo ordenado en primera instancia en un juicio por despido.
¿Qué se resolvió?
El Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso de casación interpuesto por la actora y condenó en costas a la recurrente.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"el recurso no puede prosperar porque la cuestión planteada es ajena al ámbito de la casación, en una triple vertiente: a) incumple con lo dispuesto en el art. 288, al proponer una cuestión de naturaleza procesal; b) la sentencia recurrida no reviste calidad de definitiva ni equiparable a tal, y, c) las implicancias fácticas, probatorias y ponderativas a las que conduce la propuestas recursiva, son impropias del recurso de casación."
En cuanto a admisibilidad: "corresponde evaluar la concurrencia de los recaudos de admisibilidad del recurso... se advierte que el recurso ha sido interpuesto y fundado temporáneamente, conforme los términos del art. 289 del CPCC, y no es exigible el depósito previsto en el art. 290 CPCC, por revestir la recurrente la calidad de empleada o trabajadora en proceso laboral."
Dispositivo final (transcripción literal): "SE RESUELVE: I) Rechazar el recurso de casación planteado. II) Costas a la recurrente. REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE."
¿Cómo votaron los jueces?
La Dra. Andrea Carolina Monte Riso expuso y votó por la negativa en la admisibilidad y por el rechazo del recurso; los Dres. Jorge Alberto Levingston, Cecilia Chada, Jorge Omar Fernández y Diana María Bernal acompañaron en todos los puntos. No hubo disidencias.
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