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Tribunal Superior

CHIRINO MARIO VALENTIN Y OTROS C/ SERVICIOS ELECTRICOS SAN LUIS - EMPRESA PROVINCIAL S/ DEMANDA LABORAL - RECURSO DE APELACION -

La actora solicitó la aprobación del monto del proceso para la regulación de honorarios en ejecución de honorarios por $280.567,13 actualizado hasta la fecha de cobro. El Superior Tribunal de Justicia aprobó la estimación del monto de proceso en $673.625,41 al 03/06/2021, rechazando las objeciones por falta de contestación y adhiriendo al dictamen del Procurador General.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
EXP 258176/13
Regulacion de honorarios Monto del proceso Ejecucion de honorarios Tasa activa banco nacion Pago percibido Traslado Procurador general Cuantificacion Incidente Trabajo

¿Quién es el actor?

Chirino Mario Valentín y otros (parte actora en el expediente).

¿A quién se demanda?

Servicios Eléctricos San Luis - Empresa Provincial (en autos caratulados demanda laboral - recurso de apelación).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Determinación del monto del proceso estimado por la actora a fines de la regulación de sus honorarios en un proceso de ejecución de honorarios iniciado el 03/08/2020, por una liquidación practicada el 14/06/2018.

¿Qué se resolvió?

Se aprueba la estimación del monto del proceso efectuada por la actora, fijándose en $673.625,41 al 03/06/2021, tomando la liquidación inicial de $280.567,13 y aplicándole la tasa activa Banco Nación hasta la fecha de percepción, deduciéndose el pago ya efectuado de $268.503,02.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que la liquidación practicada el día 14/06/18 era por un monto inicial de pesos $ 280.567,13 y aplicándosele la tasa activa Banco Nación hasta la fecha de su efectiva percepción, arroja un resultante de pesos $ 673.625,41; correspondiendo solo deducir la suma de dinero ya abonada consistente en la suma de pesos $ 268.503,02, surgiendo en efecto una diferencia de pesos $ 393.058,28."

"Que ordenado el traslado de rigor la contraria no contesta, dándose por perdido el derecho de hacerlo, conforme surge del ESCEXT N° 16934212 de fecha 08/07/21."

"Que compartiendo lo expuesto por el Sr. Procurador General, consideramos corresponde hacer lugar a la estimación de monto de proceso efectuada. Por lo que, de conformidad con lo dictaminado por el Sr. Procurador General, SE RESUELVE: Aprobar el monto de proceso estimado por la parte actora. REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE."

¿Cómo votaron los jueces?

La resolución aparece firmada digitalmente por los cinco Ministros del STJSL (Levingston, Monte Riso, Fernández, Bernal y Chada), sin constancia de disidencia.

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