PACHECO FRANCISCO ALFREDO C/ INTERACCION ART S.A. S/ ACCIDENTE O ENFERMEDAD LABORAL -RECURSO DE CASACION-
Prevención ART S.A. (en representación de la Superintendencia de Seguros de la Nación) impugnó por arbitrariedad la decisión que computó intereses hasta el pago efectivo en una causa por accidente de trabajo contra Interacción ART S.A. El Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso extraordinario por ausencia de cuestión federal suficiente y confirmó que los agravios constituyen mera disconformidad con lo resuelto.
Quién demanda (Recurrente): Prevención ART S.A., en representación de la Superintendencia de Seguros de la Nación, administradora del Fondo de Reserva LRT (Art. 34 Ley 24.557).
A quién se demanda (Parte adversa en la causa originaria): Francisco Alfredo Pacheco (actor en la causa principal) y la cuestión primaria vinculada a Interacción ART S.A.
Qué se reclama (Objeto del recurso): Se interpone recurso extraordinario federal contra la sentencia del 02/06/2021 dictada por este Superior Tribunal, alegando arbitrariedad por haber condenado al cómputo de intereses hasta el pago efectivo y sosteniendo que, por hallarse Interacción ART S.A. en liquidación (decreto judicial del 29/08/2016), deben computarse intereses sólo hasta esa fecha conforme al art. 129 LCQ.
¿Qué se resolvió?
Rechazar el recurso extraordinario federal interpuesto. Imposición de costas a la recurrente vencida (art. 68 C.P.C.). No firma la Dra. Cecilia Chada por excusación.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En efecto, consideramos que no hay cuestión federal suficiente y la ausencia de la misma constituye un óbice insalvable para la apertura del recurso extraordinario, y esto es lo que ocurre con la impugnación del actor, pues más allá del esfuerzo que el mismo realiza para persuadirnos sobre la existencia de cuestión federal, lo cierto es que la misma 'prima facie' no se vislumbra."
"Así, del examen del recurso en estudio, no se aprecia la existencia de cuestión federal suficiente que habilite la instancia ante la Corte Suprema, dado que los agravios de la recurrente, que cuestionan la sentencia porque condena al cómputo de los intereses hasta la fecha del efectivo pago, ... solo exponen su disconformidad con lo resuelto, ya que presenta de manera genérica los agravios que ya fueron expuestos en las instancias anteriores y que ya han sido objeto de análisis, limitándose a sostener solamente que el mismo resulta arbitrario."
"Finalmente, resulta relevante destacar que el recurso extraordinario tiene por finalidad subsanar las lesiones directas y graves que pueden sufrir las garantías constitucionales, razón por la cual, de admitirse una excesiva amplitud en su concesión, la jurisdicción de la Corte Suprema se vería indebidamente privada de todo límite... Por ello, y siendo el remedio intentado excepcional y de aplicación restrictiva (Fallos: 190:466), de conformidad con lo dictaminado por el Sr. Procurador General, SE RESUELVE: I) Rechazar el Recurso Extraordinario Federal interpuesto. II) Costas a la recurrente vencida (art. 68 C.P.C.)."
¿Cómo votaron los jueces?
La resolución se encuentra firmada por los Dres. Jorge Alberto Levingston, Andrea Carolina Monte Riso, Jorge Omar Fernández y Diana María Bernal. No firma la Dra. Cecilia Chada por excusación.
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Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
- Ley 24.522Concursos y quiebras
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