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Tribunal Superior

BORELLI ANA C/ SILVESTRE RUBEN JULIO S/ REIVINDICACION - RECURSO DE CASACION.-

La actora interpuso recurso de casación contra la confirmación de una sentencia en causa de reivindicación. El Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso por improcedente al advertir que los agravios versan sobre valoración probatoria y cuestiones fácticas ajenas a la casación, con pérdida del depósito y costas a la recurrente.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
EXP 173804/2
Recurso de casacion Reivindicacion Titulo y plano Valoracion probatoria Improcedencia Perdida del deposito Costas Seguridad juridica Registro de la propiedad inmueble Civil y comercial

¿Quién es el actor?

Borelli Ana.

¿A quién se demanda?

Silvestre Rubén Julio.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción de reivindicación sobre inmueble (disputa dominial registral y posesoria, cuestionamiento de planos y títulos).

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de casación fundado el 28/08/2017 con pérdida del depósito; se impusieron costas a la recurrente. Votaron por el rechazo los Dres. Diana María Bernal, Jorge Alberto Levingston, Cecilia Chada y Andrea Carolina Monte Riso (el Dr. Jorge Omar Fernández se hallaba excusado).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Transcripción de los párrafos más relevantes del fallo (texto original):

"Que, en primer lugar corresponde determinar si se ha dado cumplimiento a las exigencias establecidas por los artículos 286 y siguientes del CPC y C., a los efectos de la admisión del recurso en estudio. Así, se advierte que el recurso intentado ha sido interpuesto en término, que se ataca una sentencia definitiva, dictada por la Cámara de Apelaciones de la Tercera Circunscripción Judicial y que la recurrente ha dado debido cumplimiento al pago del depósito exigido por el artículo 290 del CPC y C., por lo que puede considerarse, en mérito a lo dispuesto por el artículo 301, inciso 'a', del CPC y C. que el recurso articulado deviene formalmente procedente. Por lo expuesto, VOTO a esta PRIMERA CUESTIÓN por la AFIRMATIVA."

"En consecuencia, siendo la cuestión planteada ajena al ámbito de la casación, el medio recursivo en estudio deviene improcedente, debiendo destacarse, nuevamente, que el recurso de casación no procura una tercera instancia con el fin de revisar la justicia material de las sentencias de tribunales de grado, sino antes bien el restablecimiento del imperio de la ley a través de la correcta hermenéutica en atención principalmente a consideraciones de interés público vinculados con la seguridad jurídica."

"Que, en consecuencia corresponde rechazar el recurso de casación fundado el 28/08/2017, en ESCEXT Nº 7735608, con pérdida del depósito. ASI LO VOTO."

Bloque dispositivo final (transcripción literal):

"Y VISTOS: En mérito al resultado obtenido en la votación del Acuerdo que antecede, SE RESUELVE: I) Rechazar el recurso de casación fundado el 28/08/2017, en ESCEXT Nº 7735608, con pérdida del depósito. II) Costas a la recurrente vencida."

(No se consignan votos en disidencia; los cuatro miembros presentes coincidieron en el resultado.)

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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