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Tribunal Superior

KLITA SERGIO ROBERTO C/ ALCARAZ DORA DEL VALLE S/ DESALOJO -RECURSO DE CASACION-

El demandado promovió recurso de casación contra la resolución de la Cámara que revocó la providencia que había dejado sin efecto el desalojo anticipado. El Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso por ser formalmente inadmisible, fundando su decisión en la improcedencia de la casación en los juicios de naturaleza sumaria conforme al art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
EXP 297268/16
Casacion Inadmisible Juicio sumario Desalojo Art. 286 cpcc Recurso procesal Costas Improcedencia Proceso sumario Superior tribunal de justicia (san luis)

¿Quién es el actor?

Klita Sergio Roberto (parte actora en autos originarios).

¿A quién se demanda?

Alcaraz Dora del Valle (parte recurrente que interpuso el recurso de casación).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción de desalojo / desocupación y medidas conexas (proceso tramitado "según las normas del proceso SUMARIO" art. 320 CPCC).

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de casación por ser formalmente inadmisible. Se impusieron las costas al vencido.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que no obstante lo expuesto, considero que, con fundamento en lo dispuesto por el art. 286 del Cód. Procesal Civil y Comercial, el recurso de casación es formalmente inadmisible. En efecto, tal como surge de las constancias de la causa (Actuación Nº 6658128 de fecha 03/02/2017), la demanda incoada tramitó 'según las normas del proceso SUMARIO (art. 320 del C.P.C.)' y el mencionado artículo establece de manera categórica que el recurso de casación 'No procederá en los juicios sumarios…'."

"Vale recordar que este Superior Tribunal se ha pronunciado reiteradamente por la improcedencia del recurso de casación en procesos de naturaleza sumaria (Cfr. entre muchos otros: S.D. Nº 146/21 ... S.J. Nº 003/20 ... S.J. Nº 048/20 ... S.J. Nº 122/17 ...), por lo tanto, de acuerdo con ello y en concordancia con lo dictaminado por el Sr. Procurador General, corresponde declarar formalmente inadmisible el recurso de casación interpuesto. ASI LO VOTO."

Dispositivo final (texto transcrito):

"SE RESUELVE: I) Rechazar el recurso de casación interpuesto por ser formalmente inadmisible. II) Costas al vencido. REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE."

¿Cómo votaron los jueces?

La decisión fue adoptada por mayoría unánime de los Ministros firmantes (Dres. Jorge Omar Fernández —votante que expone los fundamentos— Jorge Alberto Levingston, Cecilia Chada y Diana María Bernal). La Dra. Andrea Carolina Monte Riso se encontró excusada.

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