JurisprudenciaARG
Tribunal Superior

ALCALDE OSCAR GUSTAVO C/MUNICIPALIDAD DE VILLA MERCEDES S/AMPARO -RECURSO DE QUEJA-

El actor promueve amparo contra la Municipalidad de Villa Mercedes y se tramita un incidente de excusación por participación familiar. El Superior Tribunal de Justicia hizo lugar a la excusación solicitada por la Ministra Dra. Cecilia Chada, por encontrarse comprendida en la causal prevista en el art. 194 de la Constitución provincial y art. 30 del CPC y C.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
EXP 373669/21
Excusion Amparo Conflicto de intereses Art. 194 constitucion pcia. san luis Art. 30 cpc y c Municipalidad de villa mercedes Recusacion/excepta Abstencion judicial Competencia Procedimiento incidental

¿Quién es el actor?

Alcalde Oscar Gustavo (carátula: ALCALDE OSCAR GUSTAVO).

¿A quién se demanda?

Municipalidad de Villa Mercedes.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

acción de amparo (expte. principal: “ALCALDE GUSTAVO OSCAR C/ MUNICIPALIDAD DE VILLA MERCEDES S/AMPARO”).

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la excusación formulada por la Sra. Ministra Dra. Cecilia Chada, por haberse verificado la intervención en el proceso principal de la Dra. María Nazarena Chada, configurándose la causal prevista en el art. 194 de la Constitución de la Provincia y art. 30 del CPC y C.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que mediante actuación N° 17900345, de fecha 04/11/21, la Sra. Ministro de este Superior Tribunal, Dra. Cecilia Chada, al advertir que ha tenido participación en el proceso principal como Juez de Cámara, la Dra. María Nazarena Chada, se excusa de entender en la presente causa por estar comprendida en la causal prevista en el art. 194 de la Constitución de la Provincia y 30 del CPC y C."

"Que atento a lo manifestado, y constancias del expediente Nº 354896/20 “ALCALDE GUSTAVO OSCAR C/ MUNICIPALIDAD DE VILLA MERCEDES S/AMPARO” actuación N° 17308436, de fecha 30/08/21 (Auto Interlocutorio N° 146/2021), se verifica la intervención de la Dra. María Nazarena Chada, por lo que procede admitir el apartamiento solicitado, considerando configurada la previsión legal de los arts. 194 de la Constitución de la Provincia y 30 del CPC y C."

"Por ello, SE RESUELVE : Hacer lugar a la excusación formulada por la Sra. Ministro de este Superior Tribunal, Dra. CECILIA CHADA. REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE."

¿Cómo votaron los jueces?

La resolución aparece firmada digitalmente por los Ministros JORGE ALBERTO LEVINGSTON, ANDREA CAROLINA MONTE RISO, JORGE OMAR FERNÁNDEZ y DIANA MARÍA BERNAL.

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.