DELGADO CELESTE AYELEN - PAEZ BRAYAN EZEQUIEL - ROBO SIMPLE (DOS HECHOS) Y HOMICIDIO EN OCASION DE ROBO
La defensa de Celeste Ayelén Delgado y de Brayan Ezequiel Páez interpuso recursos de casación contra la sentencia condenatoria por robos (dos hechos), hurto calificado y homicidio en ocasión de robo. El Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso de Delgado por improcedente en sus agravios y declaró desierto el recurso de Páez por fundamentación extemporánea, confirmando la valoración probatoria y el encuadre legal de la Cámara.
¿Quién es el actor?
Las defensas de los imputados Celeste Ayelén Delgado y Brayan Ezequiel Páez (recursos de casación).
¿A quién se demanda?
Sentencia dictada por la Excma. Cámara del Crimen Nº 2 (impugnación de la sentencia condenatoria; intervención del Ministerio Público Fiscal y Procuración en su contestación).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Impugnación de la sentencia condenatoria que declaró a Delgado y Páez coautores responsables de hurto calificado de vehículo dejado en vía pública, robo simple (dos hechos) y homicidio en ocasión de robo; se cuestiona valoración de la prueba, la calificación legal del hecho homicida y la cuantificación de la pena. En el caso de Páez se impugna la totalidad de la sentencia pero su fundamentación fue presentada fuera de plazo.
¿Qué se resolvió?
Rechazar el recurso de casación interpuesto por la defensa de Celeste Ayelén Delgado; sin costas por no corresponder respecto de ese recurso; declarar desierto el recurso de casación interpuesto por la defensa de Brayan Ezequiel Páez por extemporaneidad en la fundamentación; costas al vencido.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Transcripciones textuales relevantes (citadas tal cual aparecen en la sentencia):
"El tribunal de la instancia tuvo por acreditado la ocurrencia de los hechos -robo simple (dos hechos), hurto calificado y homicidio en ocasión de robo, en concurso real- y la autoría por parte de los imputados Celeste Ayelén Delgado y Brayan Ezequiel Páez, con una certeza que surge de la prueba producida y analizada en el debate, especialmente de los testimonios de Mayra Carolina Becerra Díaz, Silvina Soledad Sepúlveda, Jorge Luis Dillon Springolo y de Claudio Martin Díaz (esposo de Verónica Soledad Quiroga, quien fallece en ocasión del robo)."
"En efecto, de las constancias de la causa, se desprende que el recurrente se notificó de la resolución impugnada, el día 18/05/2020 (según comprobante 13978348) y en fecha 26/05/2020, por ESCEXT Nº 14029984, interpuso recurso de casación, de ahí que la fundamentación presentada el día 05/06/2020 a la hora 10:08 (ESCEXT Nº 14106201) es extemporánea, pues el plazo para fundar el presente recurso vencía el día 03/06/2020 a las dos primeras horas."
Razonamiento esencial: la Sala sostuvo que la valoración probatoria hecha por la Cámara de juicio se ajustó a la sana crítica y lógica —incluyendo testimonios presenciales y reconocimientos fotográficos— por lo que la casación carecía de demostrar "notorios apartamientos" de tales reglas; respecto de Páez, la deserción se fundó en la presentación tardía de la fundamentación del recurso (plazo perentorio).
¿Cómo votaron los jueces?
La resolución final se apoya en la votación concordante de los Dres. Chada, Monte Riso, Levingston y Fernández (Dra. Bernal ausente por licencia). No consta voto en disidencia.
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