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Tribunal Superior

INCIDENTE DE APELACION EN AUTOS CARATULADOS: GONZALEZ JUAN RAMIRO - AV. TENENCIA DE MATERIAL PORNOGRAFICO -RECURSO DE CASACION-

Incidente por prescripción de la acción penal planteado por la defensa del imputado por tenencia de material pornográfico. El Superior Tribunal de Justicia rechazó el planteo por quedar suspendida la prescripción conforme al art. 67 del Código Penal mientras la víctima sea menor y hasta que formule o ratifique la denuncia al alcanzar la mayoría de edad.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
INC 254813/1
Prescripcion Suspension de la prescripcion Art. 67 cp Pornografia infantil Tenencia de material pornografico Interes superior del nino Delito sexual Incidente Stj san luis Rechazo

¿Quién es el actor?

El defensor del imputado, Dr. Emiliano Daniel Vera, en representación de González Juan Ramiro, presentó el planteo de prescripción.

¿A quién se demanda?

Ministerio Público / acción penal (autos PEX 254813/19 relativos a "GONZÁLEZ JUAN RAMIRO s/ AV. OFRECIMIENTO, PUBLICACIÓN Y/O DIVULGACIÓN DE PORNOGRAFÍA INFANTIL").

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Extinción de la acción penal por prescripción respecto del delito de tenencia de material pornográfico (art. 128, 2º párr. C.P.), en virtud de actings investigativos iniciados en mayo de 2019.

¿Qué se resolvió?

Rechazar el planteo de prescripción interpuesto el 17/05/2021 (ESCEXT Nº 16502902).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que en atención a que el delito endilgado al acusado, es el contemplado en el art 128 segundo párrafo del C.P, y al respecto el art. 67 expresamente establece: “en los delitos previstos en los artículos 119, 120, 125,125 bis, 128, 129 -in fine-, 130 –párrafos segundo y tercero-, 145, bis y 145 ter del Código Penal, se suspende la prescripción mientras la víctima sea menor de edad y hasta que habiendo cumplido la mayoría de edad formule por sí la denuncia o ratifique la formulada por sus representantes legales durante su minoría de edad”.

El legislador determina la suspensión de la prescripción, en delitos contra la integridad sexual de niños, niñas y adolescentes, en observancia con las obligaciones internacionales asumidas, conforme art. 75 inc. 22) de la Constitución Nacional, jerarquía constitucional a los tratados internacionales de derechos humanos, encontrándose el Estado obligado a la persecución respecto de los delitos que afectan a grupos objeto de especial tutela (como mujeres, niños y niñas).

Por lo cual, en conformidad con lo dispuesto en el art. 67 del C.P., encontrándose suspendida la prescripción de la acción penal, corresponde el rechazo del planteo."

¿Cómo votaron los jueces?

La resolución final (bloque dispositivo) dispone el rechazo y está firmada por los Dres. Levingston, Monte Riso, Fernández y Chada; la Dra. Bernal no suscribe por licencia. El acuerdo mayoritario resolvió en ese sentido.

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