INCIDENTE RECURSO DE CASACION: SORIA OJEDA JONATHAN JOSE (IMP) - SPAGNUOLO DANIEL FRANCISCO (DEN) VELAZQUEZ FEDERICO SEBASTIAN (DEN) Y OTROS - AV. ROBO EN GRADO DE TENTATIVA, LESIONES, VIOLACION DE DOM., AMENAZAS, ATENTATO Y RESIST. AUTORIDAD
El defensor de Cámara interpuso recurso de casación contra la declaración de reincidencia dictada en la causa penal contra Jonathan José Soria Ojeda. El Superior Tribunal de Justicia hizo lugar al recurso, revocó parcialmente la sentencia y dejó sin efecto la declaración de reincidencia por no haberse cumplido total o parcialmente la pena anterior.
¿Quién es el actor?
El Defensor de Cámara en representación del imputado Jonathan José Soria Ojeda (recurrente).
¿A quién se demanda?
Sentencia dictada por la Excma. Cámara Penal N° 2 (resolución de fecha 17/02/21 en PEX Nº 221982/17).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se cuestiona la declaración de reincidencia de Jonathan José Soria Ojeda y se pide que sea dejada sin efecto por haberse basado en una condena de cumplimiento en suspenso (no cumplida total ni parcialmente).
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar al recurso de casación, se revocó parcialmente la sentencia apelada (pto. 2) y se dejó sin efecto la declaración de reincidencia de Jonathan José Soria Ojeda. Se ordenó comunicar la decisión al Juzgado de Ejecución y al Servicio Penitenciario Provincial. Sin costas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que el art. 50, 1º párrafo del C.P. prescribe: 'Habrá reincidencia siempre que quien hubiere cumplido, total o parcialmente, pena privativa de libertad impuesta por un tribunal del país cometiere un nuevo delito punible también con esa clase de pena'."
"Que atento a lo expresado considero que en autos no se ha cumplido la exigencia que establece el art. 50 del C.P. de que el agente haya cumplido total o parcialmente la pena privativa de libertad, pues la condena dictada en los autos 'FLORES DIEGO ARTURO – VILLAROEL VALERIA IRENE AV. ROBO SIMPLE -PEX 163966/14, en fecha 20/10/17 ha sido de tres años de prisión en suspenso', por lo que corresponde hacer lugar al recurso en la medida del agravio, esto es en relación a la declaración de reincidencia del imputado."
"En consecuencia, y según los fundamentos expuestos corresponde hacer lugar al recurso de casación impetrado por el Sr. Defensor de Cámara y revocar parcialmente la sentencia dictada en los autos 'SORIA OJEDA JONATHAN JOSÉ – SPAGNUOLO DANIEL – VELAZQUEZ FEDERICO Y OTROS' - PEX 221982/17, punto 2 y dejar sin efecto la declaración de reincidencia de JONATHAN JOSÉ SORIA OJEDA, sin costas atento el éxito obtenido (Arts. 71 del C.P.Crim.)."
(Se transcribe además la parte resolutiva final, por ser la expresión del acuerdo del Tribunal:)
"SE RESUELVE: I) Hacer lugar al recurso de casación interpuesto por el Sr. Defensor de Cámara y revocar parcialmente la sentencia dictada en los autos 'SORIA OJEDA JONATHAN JOSÉ – SPAGNUOLO DANIEL – VELAZQUEZ FEDERICO Y OTROS' - PEX Nº 221982/17, punto 2. II) Dejar sin efecto la declaración de reincidencia de JONATHAN JOSÉ SORIA OJEDA. III) Comuníquese al Juzgado de Ejecución y al Servicio Penitenciario Provincial. IV) Sin costas. REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE."
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