PEREYRA CRISTIAN SEBASTIAN - AV. DELITO CONTRA LA INTEGRIDAD SEXUAL -RECURSO DE CASACION-
El imputado apeló en casación la condena por abuso sexual con acceso carnal continuado y corrupción de menores agravada; pidió revocar la valoración probatoria y la calificación legal. El Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso y confirmó la valoración conjunta de Cámara sobre la prueba (Cámara Gesell, pericias y pruebas indiciarias) y la tipicidad atribuida, imponiendo costas al recurrente.
¿Quién es el actor?
Recurso de casación interpuesto por la defensa de Cristian Sebastián Pereyra (recurrente).
¿A quién se demanda?
Sentencia dictada por la Excma. Cámara en lo Penal Correccional y Contravencional Nº 2 de la Segunda Circunscripción Judicial (parte recurrida; además fiscalía y particular damnificado intervinieron en el traslado).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se impugna la sentencia de veredicto Nº 26 de fecha 17/09/2020 y sus fundamentos (28/09/2020) que condenó a Pereyra como autor penalmente responsable de ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL CONTINUADO AGRAVADO POR SER COMETIDO CONTRA UN MENOR DE 18 AÑOS APROVECHANDO LA SITUACION DE CONVIVENCIA PREXISTENTE Y CORRUPCIÓN DE MENORES AGRAVADO POR SER LA VÍCTIMA MENOR DE TRECE AÑOS, EN CONCURSO IDEAL (arts. 45; 119 párrs. 1º y 3º; 125 2º párr.; 54 C. Penal), y se solicitó la revocación de la valoración probatoria, la calificación y/o atenuación penal (aplicación de ley más benigna) y la nulidad por supuestas violaciones a la defensa y al principio de congruencia.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de casación interpuesto por la defensa; costas al recurrente vencido. (Resolución del 15/12/2021). La sentencia condenatoria y su valoración probatoria fueron sostenidas por el STJ.
Fundamentos principales de la decisión (transcripción literal de 2-3 párrafos relevantes y citas textuales importantes; lenguaje original del tribunal):
1) Sobre la valoración de la Cámara y la prueba de Cámara Gesell:
"…Que teniendo en cuenta lo reseñado y a la luz de las pruebas receptadas en el curso del debate oral, consistente en la testimonial; Acta de allanamiento y requisa en el domicilio que habita Cristian Sebastián Pereyra; Expte. 025/2018 de la División Criminalística URII; Informe Médico Legal; Informe de Cámara Gesell y evaluación Psicológica de la menor Melina Magalí Pereyra Cornejo; Informe psiquiátrico y Psicológico del imputado; Informe del Departamento de Investigación de Delitos Complejos y demás instrumental incorporada a la causa por su lectura, nos permite arribar a ese grado intelectual de total certeza sobre la existencia material del evento delictuoso. A esta conclusión se arriba luego de valorar los elementos probatorios citados y de haber escuchado el video que registra el testimonio de la damnificada Melina Magalí Pereyra Cornejo, en Cámara Gesell, quien brindó un relato (tal como lo describe la Lic. Hanya Costa), que posee sentido en su totalidad, donde aparecen descripciones y detalles de las situaciones y experiencias vividas, por momentos de manera espontánea y por momentos con dificultad debido a la carga emocional que esto conlleva."
2) Sobre la ausencia de lesiones y su irrelevancia para descartarla:
"Al respecto, debo remarcar que se ha sostenido que la ausencia de lesiones no permite descartar sin más la penetración anal. Las profesionales médicas que declararon en la audiencia, Dras. Fátima Vega y Alba Pereira, fueron claras en sus conclusiones, en cuanto a que 'la penetración anal no siempre deja signos, si es agudo y violento puede haber lesiones de tres o cinco días, después no. No se puede descartar en su totalidad por el tiempo una penetración anal.'"
3) Sobre la configuración de los tipos penales y la valoración conjunta de la prueba:
"En autos se ha dado el supuesto de Abuso Sexual con Acceso Carnal, dado que Pereyra con su miembro viril accedió carnalmente vía anal a M. entre sus 8 y 11 años, atentando de esta manera de forma directa la indemnidad sexual de la niña... Se aplica la agravante contenida en el art. 119 cuarto párrafo inc. f) del C.P., es decir, por la convivencia preexistente... Respecto del delito de corrupción de menores agravado por ser la víctima menor de trece años... estimo que la valoración por parte del tribunal de los elementos probatorios que acreditan con certeza la existencia de sus elementos típicos objetivos y subjetivos ha sido correcta."
¿Cómo votaron los jueces?
El voto mayoritario (Dres. Levingston, Monte Riso, Fernández y Chada) sostuvo admisibilidad formal del recurso, rechazó los agravios en cuanto a valoración probatoria, congruencia, defensa en juicio y calificación legal, y resolvió el rechazo del recurso; la Dra. Diana María Bernal se hallaba excusada. No hubo disidencias en el acuerdo.
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