GARCIA ROMINA AYELEN C/ MUNICIPALIDAD DE VILLA MERCEDES - S/ DEMANDA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA.-
Solicitud de regulación de honorarios presentada por el apoderado del abogado de la parte demandada en causa contencioso administrativa. El Superior Tribunal reguló los honorarios en tres (3) jus por actuación aislada y en doble carácter, aplicando el mínimo del art. 7 de la Ley IV-0910-2014 y el incremento del art. 8.
¿Quién es el actor?
El Dr. Darío A. Jofré, en representación del Dr. Mauro Daniel Sabatini, solicitando la regulación de honorarios.
¿A quién se demanda?
Acto relativo al expediente principal "GARCÍA ROMINA AYELEN C/ MUNICIPALIDAD DE VILLA MERCEDES - S/ DEMANDA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA" (la parte demandada representada por Sabatini); en cuanto al incidente, es una petición al Tribunal para regular honorarios.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Regulación de honorarios profesionales por la actuación del Dr. Mauro Daniel Sabatini en el proceso.
¿Qué se resolvió?
Se regulan los honorarios del Dr. Mauro Daniel Sabatini en la cantidad de TRES (3) JUS, por actuación en doble carácter.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"A los efectos regulatorios, cabe considerar que la demanda debe ser tomada como monto indeterminado. Sentado ello y analizadas las constancias de la causa, cabe señalar que el peticionante, no contestó demanda, dado que la misma fue declarada inadmisible por S.I. N° 167/21 el 04/05/21 (actuación N° 16383708), como así tampoco contestó el recurso extraordinario federal deducido por la actora, por haber sido desglosada dicha presentación por extemporánea, conforme surge del decreto de fecha 07/12/22 (actuación N° 20959757) y constancia del 19/12/22 (actuación N° 21049966)."
"En consecuencia, solo surge de autos que el peticionante ha comparecido a contestar oficio en fecha 14/08/2020 (que obra en DIGINI N° 14500957), teniéndoselo por presentado en el carácter invocado, por acreditada personería en mérito a la copia de poder acompañada, por constituido domicilio legal y electrónico y por parte, correspondiendo regular por esta actuación aislada en la causa, el mínimo establecido en el art. 7 de la Ley de Honorarios Profesionales N° IV-0910-2014, de DOS (2) 'jus', más el 50% de estos, por haber actuado en el doble carácter (art. 8), dando como resultado la cantidad de TRES (3) 'jus'."
Bloque dispositivo final (texto literal):
"SE RESUELVE : Regular los honorarios del Dr. MAURO DANIEL SABATINI, por su actuación en el presente proceso, en el doble carácter, en la cantidad de TRES (3) JUS. REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE."
Además se consignó la firma digital de los ministros presentes y la falta de firma de la Dra. Andrea Carolina Monte Riso por licencia.
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