JurisprudenciaARG
Tribunal Superior

BARZOLA NANCY BEATRIZ C/ ASOCIART A.R.T. S.A. S/ ACCIDENTE O ENFERMEDAD LABORAL -RECURSO DE CASACION-

La actora reclamó prestaciones por accidente o enfermedad laboral por lumbalgia crónica e hipoacusia. El Superior Tribunal de Justicia hizo lugar parcialmente a la casación de la demandada y redujo el porcentaje de incapacidad por lumbalgia al 10% conforme al baremo legal, manteniendo lo demás.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
EXP 346681/19
Recurso de casacion Accidente/enfermedad laboral Lumbalgia Hipoacusia Baremo Ley 26.773 Decreto 659/96 y 49/2014 Porcentaje de incapacidad Costas Honorarios.

¿Quién es el actor?

BARZOLA NANCY BEATRIZ (actora/trabajadora).

¿A quién se demanda?

ASOCIART A.R.T. S.A. (empresa/aseguradora de riesgos del trabajo).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reparación por accidente o enfermedad laboral; reconocimiento y determinación de porcentajes de incapacidad (lumbalgia crónica; hipoacusia) y consecuentes prestaciones indemnizatorias.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente al recurso de casación interpuesto por la demandada solo en cuanto al porcentaje de incapacidad por lumbalgia, fijándolo en 10% conforme el baremo; se regularon honorarios (40% sobre honorarios de primera instancia); se ordenó la devolución del depósito; y se impusieron costas en proporción 20% a la actora y 80% a la demandada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Transcripción de párrafos relevantes (texto íntegro y lenguaje del tribunal):

“Que en el caso en estudio, se advierte que la Cámara, tal como lo manifiesta la recurrente, ha realizado una errónea interpretación de la norma y se ha apartado de la misma, puesto que ha omitido considerar los supuestos señalados…” (dictamen del Procurador General citado en el fallo).

“Se advierte, tal como lo expone la recurrente, que el máximo porcentaje que el decreto mencionado establece para la lumbalgia, es del 10% y se encuentra previsto de la siguiente manera: ‘…Lumbalgia post-traumática con severas alteraciones clínicas y radiográficas sin alteración electromiográficas – 5-10% …’. Por lo que con relación a este agravio, le asiste parcialmente la razón a la recurrente, solo en cuanto a que el porcentaje de incapacidad otorgado por el perito no respeta el baremo de la ley, pero no se atiende el agravio en cuanto cuestiona que la enfermedad por la que se le otorga incapacidad no se encuentra tipificada.”

“En tal sentido como ya se ha dicho reiteradas veces, ‘… si de la lectura del recurso de casación se advierte que se plantean cuestiones de naturaleza esencialmente probatorias; éstas son ajenas a la Casación según pacífico criterio de este Alto Cuerpo, puesto que la finalidad institucional de este carril impugnatorio busca el cumplimiento de la ley, la unificación de la interpretación del derecho y por ende debe aprehender los hechos como vienen relatados por los jueces de grado. La casación no es una tercera instancia y no está en la esfera de sus poderes valorar la prueba…’.”

¿Cómo votaron los jueces?

El voto del Dr. Jorge Alberto Levingston fue acompañado por los Dres. José Guillermo L’Huillier, Cecilia Chada, Eduardo Segundo Allende y Andrea Carolina Monte Riso; la decisión final corresponde a la unanimidad de los ministros que conformaron el acuerdo en los términos expresados en el dispositivo.

Sobre la lumbalgia: si bien se reconoció la naturaleza profesional de las dolencias (por declaración de inconstitucionalidad del art. 6 Ley 24.557 y aplicación del art. 9 Ley 26.773), el Tribunal consideró que el porcentaje de incapacidad otorgado en la pericia excedió lo previsto en el baremo y por eso lo redujo al 10%.

Sobre la hipoacusia: el agravio fue rechazado porque implicaba discusión probatoria valorativa vedada en casación.

Leyes que cita

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.