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Tribunal Superior

ROTHAR RUBEN DARIO C/ ORION SRL Y OTROS S/ COBRO DE PESOS - LABORAL - S/ RECURSO DE QUEJA.-

El actor promovió recurso de queja contra la denegatoria del recurso extraordinario de inconstitucionalidad por el encuadramiento laboral y el rechazo de rubros indemnizatorios. El Superior Tribunal de Justicia rechazó la queja por entender que los agravios no prueban arbitrariedad: la cuestión es discrepancia sobre valoración de la prueba y el encuadramiento legal, no un apartamiento inequívoco del derecho.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
EXP 412790/24
Recurso de queja Arbitrariedad Encuadramiento laboral Ley 22.250 Lct Valoracion de la prueba Recurso extraordinario Rechazo Laboral Proc. civil y comercial (arts. 265/266/281 bis/282)

¿Quién es el actor?

Rothar Rubén Darío (por apoderado).

¿A quién se demanda?

Orion SRL y otros.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Se impugna la denegatoria del recurso extraordinario de inconstitucionalidad interpuesto contra la sentencia que rechazó rubros indemnizatorios (expte. 270782/14); se alega indebido encuadramiento en la ley 22.250 (exclusión del personal de supervisión) en lugar de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) y se reclama reconocimiento de rubros indemnizatorios por despido.

¿Qué se resolvió?

Rechazar el recurso de queja. La Sala sostuvo que no existe verosimilitud de arbitrariedad que habilite la instancia extraordinaria; los agravios constituyen mera discrepancia sobre la valoración de la prueba y el encuadramiento legal.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En efecto, entendemos que los agravios planteados por el quejoso no patentizan un yerro de magnitud que permita calificar el fallo como arbitrario sino, más bien, un mero disenso encaminado a controvertir la selección y valoración de las pruebas producidas y la tarea ponderativa llevada a cabo por los jueces de las inferiores instancias.

En este sentido, advertimos que el tribunal a-quo al resolver se expidió sobre cada uno de los agravios propuestos por el actor -que en esta instancia se reeditan- dando fundadas y suficientes razones que sostienen la juridicidad de lo decidido. En particular, luego de considerar que los agravios del actor no cumplían con los recaudos establecidos por los arts. 265 y 266 del CPCC de supletoria aplicación y se presentaban como una mera discrepancia subjetiva, parcial y dogmática, ponderó que el sentenciante falló: 'según las reglas de la sana crítica racional, valorándose las testimoniales y demás prueba gravitante (recibos de haberes, constancias e informe de AFIP, etc.), de manera armónica, integral e interrelacionada en el marco de las demás pruebas merituadas'. Asimismo, en relación al principal agravio, referido al encuadramiento de la relación laboral en la ley 22.250 y no en la LCT, puntualizó que medió un simple disenso respecto a lo resuelto por la magistrada laboral ..."

"Por ello, en razón de lo expuesto y de conformidad con lo dictaminado por el Sr. Procurador General, SE RESUELVE: Rechazar el recurso de queja."

¿Cómo votaron los jueces?

La resolución final aparece firmada por los Ministros Allende, Monte Riso, Levingston, L’Huillier y Chada; el dispositivo final dispone el rechazo, sin voto en disidencia señalado en el texto.

Fechas relevantes: presentación del recurso de queja 03/04/2024; sentencia impugnada R.L. 526/2023 de fecha 05/12/2023; notificación de la denegatoria 22/03/2024.

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