INCIDENTE DE APELACION EN AUTOS: BORDA JOSE JAVIER C/ BIO-IMAGENES MERCEDES SRL. Y OTRO S/ DA?O AMBIENTAL - RECURSO DE CASACION.-
Incidente de excusación planteado por la Sra. Ministra Dra. Cecilia Chada en causa por daño ambiental (Borda José Javier c/ Bio-Imágenes Mercedes SRL. y otro). El Superior Tribunal de Justicia hizo lugar a la excusación por haberse verificado la intervención anterior de la Dra. María Nazarena Chada, en aplicación del art. 194 de la Constitución provincial y art. 30 del CPC y C.
¿Quién es el actor?
La Sra. Ministra del Superior Tribunal, Dra. Cecilia Chada, mediante presentación de fecha 24/02/25 (actuación Nº 26912828).
¿A quién se demanda?
No hay una “parte demandada” en sentido procesal; el incidente se tramita en autos caratulados: BORDA JOSÉ JAVIER C/ BIO-IMAGENES MERCEDES SRL. Y OTRO S/ DAÑO AMBIENTAL - RECURSO DE CASACIÓN.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se solicita la excusación de la Sra. Ministra Cecilia Chada para entender en la causa, invocando la causal prevista en el art. 194 de la Constitución de la Provincia y el art. 30 del Código Procesal Civil y Comercial.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la excusación solicitada. Se ordenó registrar y notificar la resolución.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que mediante actuación Nº 26912828, de fecha 24/02/25, la Sra. Ministra de este Superior Tribunal, Dra. CECILIA CHADA, al advertir que ha tenido participación en el expediente principal como Jueza de Cámara, la Dra. María Nazarena Chada, se excusa de entender en la presente causa por estar comprendida en la causal prevista en el art. 194 de la Constitución de la Provincia y 30 del CPC y C."
"Que atento a lo manifestado, y constancia de autos (actuación Nº 23134439 – A.I. Nº 537 del 26/09/23), se verifica la intervención de la Dra. María Nazarena Chada, por lo que procede admitir el apartamiento solicitado, considerando configurada la previsión legal de los arts. 194 de la Constitución de la Provincia y 30 del CPC y C."
"Por ello, SE RESUELVE: Hacer lugar a la excusación formulada por la Sra. Ministra de este Superior Tribunal, Dra. CECILIA CHADA. REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE."
¿Cómo votaron los jueces?
La resolución final está firmada digitalmente por los Sres. Ministros J. A. Levingston, J. G. L’Huillier, A. C. Monte Riso y E. S. Allende, resultando admitida la excusación por la mayoría que conforma el acuerdo.
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