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Tribunal Superior

AQUIN MARIA FABIANA, ARCE NICOTRA ADRIANA Y OTROS C/ PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS Y/O GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - S/ DEMANDA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA.-

Solicitud de excusación del Dr. José Guillermo L’HUILLIER por supuesto prejuzgamiento en causa contencioso administrativa. El Superior Tribunal de Justicia rechazó la excusación al entender que la causal invocada ya había sido evaluada y rechazado por interlocutorio firme del tribunal.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
EXP 411543/24
Excusacion Prejuzgamiento Recusacion Contencioso administrativo Superior tribunal de justicia Interventor judicial Interlocutorio firme Art. 17 cpc y c Apartamiento Competencia

¿Quién es el actor?

Actora en autos “AQUIN, MARÍA FABIANA, ARCE, NICOTRA ADRIANA Y OTROS”.

¿A quién se demanda?

Poder Judicial de la Provincia de San Luis y/o Gobierno de la Provincia de San Luis.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Demanda contencioso administrativa (expte. IURIX N° 411543/24).

¿Qué se resolvió?

Se rechazó la excusación planteada por el Dr. José Guillermo L’HUILLIER para apartarse de intervenir en el expediente.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

1) "Que en fecha 27/12/2024, el Dr. José Guillermo L’HUILLIER, Ministro del Superior Tribunal de Justicia, se excusó de intervenir en las actuaciones del epígrafe, al advertir que tuvo previa '…intervención -en sede administrativa- en la resolución del recurso de reconsideración deducido por las partes en el Expte Administrativo 11961/22…', actuaciones en las que suscribió el Auto Interlocutorio N° 04STJSL-SA-24, por lo que solicitó su apartamiento de la presente causa, según lo establecido en los arts. 17 y 30 CPC y C, y con arreglo a los fundamentos que dio."

2) "Que la excusación no puede tener favorable acogida, en virtud de que la causal involucrada en el pedido de apartamiento, denominada comúnmente 'prejuzgamiento', contenida en el inc.7, del art. 17 CPC y C, ya fue evaluada y rechazada por el tribunal, en oportunidad de resolver las recusaciones que contra el Dr. L’HUILLIER y contra el resto de los integrantes del STJSL había deducido la actora, según puede verse en el interlocutorio STJSL-SJ–S.I. Nº 198/24 de fecha 31/07/2024, que luce firme y consentido."

Resolución dispositiva (transcripción):

"Por ello, SE RESUELVE: Rechazar la excusación del Dr. JOSÉ GUILLERMO L’HUILLIER. REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE."

¿Cómo votaron los jueces?

La resolución aparece firmada digitalmente por los Ministros JORGE ALBERTO LEVINGSTON, ANDREA CAROLINA MONTE RISO, EDUARDO SEGUNDO ALLENDE y CECILIA CHADA. No constan votos en disidencia.

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