GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS C/ ACEVEDO CARLOS ALBERTO - S/ RECURSO DE APELACION DIRECTO LEY IV-0103-2004-CIVIL
Recurso de revocatoria planteado por Acevedo contra la providencia que tuvo por interpuesto un recurso de apelación directo por Fiscalía de Estado. El Superior Tribunal rechazó la revocatoria por improcedente, al entender que el recurso de apelación directo reúne los requisitos formales exigidos por la ley y no resulta notoriamente inadmisible.
¿Quién es el actor?
Dr. Carlos Acevedo (recurrente de la revocatoria).
¿A quién se demanda?
Fiscalía de Estado / Gobierno de la Provincia de San Luis (parte que interpuso el recurso de apelación directo); expediente vinculado: Dirección Provincial de Ingresos Públicos c/ Acevedo Carlos Alberto – Exp. N° 19381/13.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se interpuso un recurso de revocatoria contra el proveído de fecha 04/07/24 que tuvo por interpuesto el recurso de apelación directo deducido por Fiscalía de Estado y solicitó la remisión del expediente.
¿Qué se resolvió?
Rechazar el recurso de revocatoria interpuesto por Carlos Acevedo. Imposición de costas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"De la lectura de la normativa citada y del análisis del planteo efectuado por el Dr. Acevedo, se desprende que lo que pretende es el rechazo 'in limine' del recurso articulado por Fiscalía de Estado. Sin embargo, tal prerrogativa -si bien reconocida a los jueces- debe ser ejercida con carácter restrictivo, y sólo ante supuestos de una manifiesta y evidente inadmisibilidad, la que dependerá del incumplimiento más o menos estricto de los requisitos que dispone la ley, circunstancia que en el caso de autos no se configura."
"En efecto, el recurso de apelación directo interpuesto por Fiscalía de Estado, reúne los requisitos formales exigidos por la normativa aplicable, no resultando notoriamente improcedente."
"Por lo expuesto y de conformidad con lo dictaminado por el Sr. Procurador General, SE RESUELVE: Rechazar el recurso de revocatoria interpuesto. Con costas."
¿Cómo votaron los jueces?
La resolución está firmada digitalmente por los Dres. Jorge Alberto Levingston, José Guillermo L’Huillier y Andrea Carolina Monte Riso. No firman los Dres. Eduardo Segundo Allende y Cecilia Chada por excusarse. No consta disidencia en el dispositivo final.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.