MUNICIPALIDAD DE BAGUAL, DEPARTAMENTO GOBERNADOR DUPUY C/ GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - S/ ACCION DECLARATIVA DE CERTEZA.-
El Dr. Gustavo A. Barbeito solicitó la regulación de sus honorarios por su actuación como patrocinante en autos caratulados “Municipalidad de Bagual c/ Gobierno de la Provincia de San Luis - s/ acción declarativa de certeza”. El Superior Tribunal reguló los honorarios en la suma de DOS (2) JUS, aplicando el mínimo previsto en el art. 7 de la Ley IV-0910-2014 y considerándolo monotributista por no acreditar su situación tributaria conforme al art. 9.
¿Quién es el actor?
Dr. Gustavo A. Barbeito (peticionante que solicita regulación de honorarios).
¿A quién se demanda?
Autos caratulados “MUNICIPALIDAD DE BAGUAL, DEPARTAMENTO GOBERNADOR DUPUY C/ GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - S/ ACCIÓN DECLARATIVA DE CERTEZA” (regulación dentro del expediente).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Regulación de honorarios profesionales por la actuación del Dr. Barbeito en el proceso, en carácter de patrocinante y acreditación de situación tributaria.
¿Qué se resolvió?
Regular los honorarios del Dr. Gustavo A. Barbeito en la cantidad de DOS (2) JUS y considerarlo monotributista por no haber acreditado su situación tributaria, aplicándose el apercibimiento del art. 9 de la Ley N° IV-0910-2014.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Se observa que la intervención del peticionante, en el carácter de patrocinante de la actora, se limita a la presentación del ESCEXT N° 25156779 (18/06/24), por el cual desiste de la acción y del derecho, lo que es proveído en actuación N° 25178778 (25/06/24), que lo tiene 'Por presentado en el carácter invocado, constituido domicilio legal y electrónico y parte…', correspondiendo en consecuencia, regular honorarios por esta actuación aislada aplicando el mínimo de DOS (2) JUS, establecido en el art. 7 de la Ley de Honorarios Profesionales N° IV-0910-2014, en su carácter de patrocinante.
Asimismo, al no haber acreditado su situación tributaria, se aplica el apercibimiento del art. 9 de la Ley N° IV-0910-2014, considerándolo monotributista.
En consecuencia, SE RESUELVE: Regular los honorarios del Dr. GUSTAVO A. BARBEITO, por su actuación en el presente proceso en el carácter de patrocinante y como monotributista, en la cantidad de DOS (2) JUS."
¿Cómo votaron los jueces?
No constan votos en disidencia; la resolución final está suscripta por la totalidad de los ministros señalados.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.