VI?ALES MARIA ISABEL C/ INSTITUTO AUTARQUICO PROVINCIAL DEL SEGURO S.A, FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. S/ ACCIDENTE O ENFERMEDAD LABORAL - RECURSO DE CASACION.
La actora Viñales María Isabel promovió reclamo por accidente o enfermedad laboral contra Instituto Autárquico Provincial del Seguro S.A. y FEDERACIÓN PATRONAL SEGUROS S.A., discutiéndose la tasa aplicable para la actualización de la condena. El Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso de casación de FEDERACIÓN PATRONAL SEGUROS S.A., por estimar que los agravios reproducen mera disconformidad y que la vía casatoria no es idónea para cuestionar la declaración de inconstitucionalidad ni para la unificación pretendida.
¿Quién es el actor?
Viñales María Isabel.
¿A quién se demanda?
Instituto Autárquico Provincial del Seguro S.A. y FEDERACIÓN PATRONAL SEGUROS S.A. (recurrente en casación: FEDERACIÓN PATRONAL SEGUROS S.A.).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo por accidente o enfermedad laboral; en la instancia previa la Cámara hizo lugar parcialmente al recurso de la actora, declaró la inconstitucionalidad del inciso 2) del art. 11 de la Ley 27.348 y ordenó actualizar el monto de condena, honorarios y costas aplicando la tasa activa cartera general (préstamo) nominal anual del BNA incrementada en un 50% (criterio “Torres”).
¿Qué se resolvió?
Rechazar el recurso de casación interpuesto por FEDERACIÓN PATRONAL SEGUROS S.A., con pérdida del depósito; regular honorarios en un 40% sobre el monto de honorarios de primera instancia; costas a la vencida.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Transcripción de los párrafos más relevantes (texto original del fallo):
"Que del análisis de la exposición recursiva resulta que el planteo casatorio no puede prosperar, toda vez que los agravios referidos a la aplicación de la tasa de interés incrementada en un 50% ya han sido tratados y resueltos por el Superior Tribunal en la causa “ROMERO, GABRIELA ADRIANA c/ ASOCIART ART S.A. s/ ACCIDENTE O ENFERMEDAD LABORAL - RECURSO DE CASACIÓN” – EXP 327992/18, en sentencia STJSL-S.J.-S.D. N° 048/24, de fecha 05/04/2024.
Que en el mentado precedente, el Superior Tribunal sostuvo: '…los agravios expresados por la recurrente solo demuestran una mera disconformidad con lo resuelto en la sentencia y por ello el recurso debe ser rechazado.… Que, conforme surge de las constancias de la causa, el Tribunal a-quo, guiado por un espíritu de justicia, decidieron incrementar la tasa activa en un 50%, atendiendo a la realidad imperante en nuestro país'."
"Además, corresponde puntualizar que la disposición legal que la recurrente considera omitida o erróneamente interpretada (art. 11 de la Ley 27.348), fue declarada inconstitucional por la Excma. Cámara, motivo por el cual toda impugnación dirigida a controvertir tal decisión debió canalizarse a través del recurso de inconstitucionalidad y no mediante el de casación."
Citas textuales relevantes:
"la fundamentación del recurso de casación por alguna de las causales establecidas en el art. 287 del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de San Luis exige la efectiva demostración del error jurídico que se le atribuye a la sentencia cuestionada".
"la tacha de arbitrariedad no es hábil ni suficiente para fundamentar un recurso de casación".
¿Cómo votaron los jueces?
El Dr. JOSÉ GUILLERMO L’HUILLIER votó en disidencia: sostuvo que debía hacerse lugar parcialmente al recurso de casación, dejando sin efecto la sentencia recurrida en relación al incremento de la tasa de interés, y ordenar nuevo pronunciamiento del tribunal de origen.
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Leyes que cita
- Ley 27.348Riesgos del trabajo
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