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Tribunal Superior

INCIDENTE DE HONORARIOS VERIFICACION TARDIA DE AFIP-DGI EN AGRIVET SAN LUIS S.A. S/ CONCURSO PREVENTIVO - S/RECURSO DE QUEJA.

Se planteó excusación del Presidente del Superior Tribunal, Dr. Jorge Alberto Levingston, por haber sido apoderado de la concursada Agrivet San Luis S.A. El Tribunal hizo lugar a la excusación conforme al art. 17 inc. 7 del CPCC, por verificarse su intervención previa en la causa concursal.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
EXP 418295/24
Excusa Apartamiento Conflicto de interes Art. 17 inc. 7 cpcc Concurso preventivo Agrivet san luis s.a. Verificacion de actuaciones Superior tribunal de justicia Intervencion previa Tramite incidental

¿Quién es el actor?

El Sr. Presidente del Superior Tribunal, Dr. Jorge Alberto Levingston, quien formuló la excusación.

¿A quién se demanda?

No corresponde una demanda contra tercero; la excusación se plantea en los autos del INCIDENTE DE HONORARIOS VERIFICACIÓN TARDÍA DE AFIP-DGI EN AGRIVET SAN LUIS S.A. S/ CONCURSO PREVENTIVO - S/ RECURSO DE QUEJA (IURIX EXP N° 418295/24).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Que se admita el apartamiento (excusación) del Dr. Levingston por hallarse comprendido en la causal del art. 17 inc. 7 del Código de Procedimientos Civil y Comercial de la Provincia, al haber sido apoderado de la concursada AGRIVET SAN LUIS S.A.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la excusación formulada por el Dr. Jorge Alberto Levingston; se ordenó registrar y notificar la resolución. Firmaron digitalmente los Dres. José Guillermo L’Huillier, Andrea Carolina Monte Riso y Eduardo Segundo Allende.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"1) Que en fecha 27/12/24, el Sr. Presidente de este Superior Tribunal, Dr. JORGE ALBERTO LEVINGSTON, se excusa de entender en la presente causa por encontrarse comprendido dentro la causal establecida en el art. 17 inc. 7 del Código de Procedimientos Civil y Comercial de la Provincia, ya que ha sido apoderado de la concursada AGRIVET SAN LUIS S.A.

2) Que atento a lo manifestado, y constancias obrantes en la causa 'AGRIVET SAN LUIS S.A. S/ CONCURSO PREVENTIVO' EXP N° 288-A-1997 (fs. 127 – Adjunto en actuación N° 27304745/25 de fecha 15/04/25), donde se verifica la intervención del Dr. Levingston en el carácter señalado, corresponde admitir el apartamiento solicitado, considerando la previsión legal del art. 17 inc 7 del CPCC.

Por ello, SE RESUELVE: Hacer lugar a la excusación formulada por el Sr. Presidente de este Superior Tribunal, Dr. JORGE ALBERTO LEVINGSTON.

REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE."

(Firma digital de los Sres. Ministros: JOSÉ GUILLERMO L’HUILLIER, ANDREA CAROLINA MONTE RISO y EDUARDO SEGUNDO ALLENDE).

¿Cómo votaron los jueces?

la resolución final consta firmada por los tres Ministros mencionados, por lo que la decisión es la acordada por la mayoría del Tribunal. No se registra en el dispositivo ninguna disidencia.

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