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Tribunal Superior

INCIDENTE GARCES JAVIER ALBERTO (IMP) - TOLEDO VERONICA GABRIELA (DTE) - ABUSO SEXUAL AGRAVADO - RECURSO DE CASACION.

El defensor del imputado interpuso recurso de casación contra el decreto de la Cámara del Crimen que rechazó el traslado pedido en los términos del art. 314 del C.P. Crim. El Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso por formalmente inadmisible por falta de definitividad del resolutorio impugnado y condenó en costas a la parte recurrente.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
INC 120979/7
Casacion Inadmisibilidad Definitividad Art. 426 c.p.crim. Art. 431 c.p.crim. Abuso sexual agravado Traslado art. 314 c.p.crim. Costas a la vencida Ministerio publico Incidente procesal

¿Quién es el actor?

La defensa del imputado Garcés Javier Alberto, representada por el Dr. Rafael Berruezo, quien interpuso el recurso de casación.

A quién se demanda (Demandado / partes opositoras): Fiscalía de Cámara Nº 1 (Dra. María Virginia Palacios Gonella) y el Ministerio Público representado por el Procurador General Subrogante (intervinieron o contestaron el traslado o dictamen en contra).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Casación contra el decreto de la Excma. Cámara del Crimen Nº 2 de fecha 30/05/2024 que resolvió “NO HA LUGAR” al pedido de que se corra traslado en los términos del art. 314 del C.P. Crim.; se impugna la admisibilidad y el fondo del pronunciamiento.

¿Qué se resolvió?

Rechazar por formalmente inadmisible el recurso de casación interpuesto por la defensa. Costas a la vencida.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que la nota de definitividad queda patentizada 'cuando se decide de modo final sobre la existencia o suerte del derecho de fondo' (LL t.1996, p.1120). 'Y la ausencia de tal requisito no puede suplirse mediante la invocación de garantías constitucionales supuestamente vulneradas, ni por la pretendida arbitrariedad del pronunciamiento o la alegada interpretación errónea del derecho aplicable' (Cfr. STJSL N° 42/07 'JOFRE Hugo Mario – Recurso de Casación', Expte. N° 01-J-07, y doctrina allí citada)."

"Por ello y conforme lo invariablemente sostenido por este Superior Tribunal '...en materia criminal como la que se trata, solo produce sentencia definitiva o resuelve cuestión constitucional el auto de sobreseimiento y la sentencia definitiva y auto fundado que dispone no instruir sumario por inexistencia del delito o causal impeditiva o extintiva de la acción penal' (STJSL-S.J. – S.D. Nº 236/24, ...)."

"En conclusión, conforme el análisis efectuado y atento que el recurso no está dirigido contra una sentencia definitiva, ni equiparable a tal, no cumpliendo con uno de los requisitos de admisibilidad, debe ser rechazado. Por lo expuesto, VOTO a esta PRIMERA CUESTIÓN por la NEGATIVA."

¿Cómo votaron los jueces?

Los Dres. Eduardo Segundo Allende, Jorge Alberto Levingston y José Guillermo L’Huillier votaron en idéntico sentido. La Dra. Andrea Carolina Monte Riso se encontró excusada y no firmó.

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