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Tribunal Superior

BENITO RUBEN ALDO C/ EXPERTA ASEGURADORA DE RIESGOS DE TRABAJO S.A. S/ ACCIDENTE O ENFERMEDAD LABORAL -RECURSO DE CASACION-

El demandado interpuso recurso de casación contra la sentencia que aplicó una tasa activa del BNA incrementada en un 50% y reguló honorarios y costas. El Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso, confirmando la admisibilidad y la interpretación previa que avala el incremento de la tasa por los tribunales de la Provincia y calificó como procesal la cuestión de honorarios y costas.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
EXP 376285/21
Accidente laboral Ley de riesgos del trabajo Tasa de interes Incremento 50% Intereses moratorios Honorarios Costas Admisibilidad casacion Precedente romero Procesalidad de honorarios.

¿Quién es el actor?

Benito Ruben Aldo (actor).

¿A quién se demanda?

Experta Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. (EXPERTA ART SA) — recurrente en casación.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cuestiones derivadas de una sentencia por accidente o enfermedad laboral: principalmente la tasa de interés aplicable a la indemnización (la sentencia a-quo aplicó la tasa activa del Banco Nación incrementada en un 50%), y la regulación/prorrateo/tope de honorarios conforme Ley 24.432 y art. 730 CCyC.

¿Qué se resolvió?

Rechazar el recurso de casación interpuesto y fundado el 30/09/2024, con pérdida del depósito; regular honorarios en un 40% sobre el monto de honorarios de primera instancia; costas a la recurrente vencida.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que del análisis de la exposición recursiva, tal como ha sido relatado precedentemente en lo pertinente, debe decirse que la cuestión referida a la tasa de interés aplicable ya fue tratada y decidida por el Superior Tribunal en el precedente “ROMERO, GABRIELA ADRIANA C/ ASOCIART A.R.T. S.A. S/ ACCIDENTE O ENFERMEDAD LABORAL - RECURSO DE CASACIÓN” – EXP 327992/18, en sentencia STJSL -S.J. -S.D N° 048/24, de fecha 05/04/2024, en la que por mayoría se sostuvo que: “conforme surge de las constancias de la causa, el Tribunal a-quo, guiado por un espíritu de justicia, decidió- incrementar la tasa activa en un 50%, atendiendo a la realidad imperante en nuestro país”... 'Entiendo que dicho incremento no se contradice o violenta lo dispuesto por el art. 768 del CCCN... De esta forma, si las tasas establecidas por la autoridad monetaria no resultaran adecuadas a la realidad económica existente, lesionando derechos amparados por la Constitución, los magistrados podrán apartarse fundadamente y fijar una que implique una solución justa para el caso concreto'..."

"En los citados precedentes se dijo que: “se advierte que la controversia que constituye la materia del recurso, es de índole estrictamente procesal, y en este aspecto se debe recordar que la inobservancia o errónea interpretación debe versar sobre la ley sustantiva...”. Para ello, el Superior Tribunal expresó que: “adherimos a la tesitura de la jurisprudencia y de la doctrina que conciben que las normas que se relacionan con las costas y aranceles profesionales son de naturaleza procesal...”. En consecuencia, siendo análoga la materia propuesta a casación, debe concluirse de manera idéntica a los precedentes citados, reseñados y parcialmente transcriptos, y rechazar el recurso por incumplir el art. 288 CPCC."

"Que, en consecuencia corresponde rechazar el recurso de casación interpuesto y fundado el 30/09/2024; con pérdida del depósito (art. 290 CPCC)."

¿Cómo votaron los jueces?

El Sr. Ministro JOSÉ GUILLERMO L'HUILLIER votó en disidencia parcial en cuanto al agravio relativo al incremento de la tasa de interés, proponiendo hacer lugar parcialmente al recurso de casación y dejar sin efecto la sentencia recurrida respecto de ese punto, con devolución del depósito; asimismo propuso una distribución alternativa de costas (80% actora / 20% demandada).

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