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Tribunal Superior

INC DE REGULACION DE HONORARIOS - EMBOTELLADORA DEL ATLANTICO S.A. (EN ADELANTE EDASA O LA EMPRESA ) C/ MUNICIPALIDAD DE VILLA DE MERLO- S/ ACCION CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA.-

Incidente de regulación de honorarios del perito contador en causa contencioso-administrativa. El Superior Tribunal reguló los honorarios del perito GONZÁLEZ FABIÁN ANTONIO en la suma de 10 JUS, en atención a la naturaleza y complejidad de la labor y al monto del proceso declarado por la actora.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
INC 268093/1
Regulacion de honorarios Perito contador 10 jus Ley de honorarios iv-0910-2014 Monto del proceso $868.236 83 Incidencia procesal Actuacion cpa 05/12/19 Embotelladora del atlantico s.a. Municipalidad de villa de merlo Superior tribunal de justicia de san luis

¿Quién es el actor?

El perito contador GONZÁLEZ FABIÁN ANTONIO (solicitante de la regulación de honorarios).

¿A quién se demanda?

No hay demanda contra persona específica en este incidente; el expediente principal es EMBOTELLADORA DEL ATLÁNTICO S.A. c/ MUNICIPALIDAD DE VILLA DE MERLO - S/ ACCIÓN CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA; la regulación se tramita en ese expediente.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Regulación de honorarios profesionales por la labor pericial desarrollada en autos.

¿Qué se resolvió?

Se regulan y se fijan los honorarios del perito contador GONZÁLEZ FABIÁN ANTONIO en la suma de 10 JUS. Regístrese y notifíquese.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"1) Que en fecha 25/09/24 en el expediente principal N° 268093/14, se presenta el perito contador GONZÁLEZ FABIAN ANTONIO, y realiza el pedido de regulación de honorarios, por su labor pericial desarrollada en la presente causa.

2) Analizadas las constancias de autos, surge que el informe pericial contable se presentó en CPA N° 268093/1 en fecha 05/12/19.

3) Que de acuerdo a lo establecido por el art. 18 de la Ley de Honorarios N° IV-0910-2014, a los fines regulatorios, deberá tenerse en cuenta, como monto del proceso, la liquidación acompañada por Ia parte actora que obra en actuación de fecha 17/10/2024, que da cuenta de un capital de pesos ochocientos sesenta y ocho mil doscientos treinta y seis con ochenta y tres centavos ($ 868.236,83.-), en EXP N°268093/14.

En virtud de ello, atento la naturaleza y complejidad de la tarea realizada, el mérito de la misma apreciado en calidad, eficacia y extensión del trabajo, se considera equitativo fijar los honorarios del perito contador en la suma de en 10 JUS.

En consecuencia, atento lo dispuesto en los art. 18 de la Ley N° IV-0910-2014, SE RESUELVE: Regular los honorarios del perito contador GONZÁLEZ FABIAN ANTONIO, por la labor pericial desarrollada en autos, en la suma de 10 JUS.

REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE."

Firmas: Resolución firmada digitalmente por los Dres. Jorge Alberto Levingston, José Guillermo L’Huillier y Andrea Carolina Monte Riso; no firma el Dr. Eduardo Segundo Allende por encontrarse en uso de licencia.

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