BRANDAN RENZO EZEQUIEL C/ PROVINCIA ART S.A. S/ ACCIDENTE O ENFERMEDAD LABORAL -RECURSO DE CASACION-
El actor interpuso recurso de casación contra la confirmación de la declaración de inconstitucionalidad del DNU 669/19 en un juicio por accidente o enfermedad laboral. El Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso por improcedente, sosteniendo que la impugnación de la declaración de inconstitucionalidad debía canalizarse por la vía del recurso de inconstitucionalidad y no por la casación.
¿Quién es el actor?
BRANDAN RENZO EZEQUIEL.
¿A quién se demanda?
PROVINCIA ART S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reclamo por accidente o enfermedad laboral y disputa sobre la forma de cálculo indemnizatorio (aplicación y efectos del DNU 669/19 y cálculo conforme a la fórmula polinómica del art. 14 LRT).
¿Qué se resolvió?
Rechazo del recurso de casación interpuesto por el actor; regulación de honorarios en un 40% sobre el monto de honorarios de primera instancia; costas al vencido.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En efecto, advierto que en el caso sub examine, el juez de primera instancia mediante S.D. N° 421/2023 de fecha 28/11/2023 declaró la inconstitucionalidad del DNU 669/19, dicha declaración fue expresamente confirmada por la Excma. Cámara a través de la sentencia recurrida (S.D. N° 239/2024 de fecha 28/05/2024), en consecuencia, la pretensión del recurrente de lograr, por vía del recurso de casación, la aplicación de una norma previamente excluida por reputarse inconstitucional, resulta manifiestamente improcedente."
"Debe recordarse, además, que el recurso de inconstitucionalidad y el de casación son institutos procesales diferentes, con regulaciones específicas y distintas, en atención a su diversa materia y finalidad que persiguen, de modo que, resulta extraña a la competencia del tribunal de casación la cuestión vinculada con un planteo de inconstitucionalidad pues por esa vía se vendría a crear una interpretación general obligatoria, de orden constitucional, ajena a las atribuciones del referido recurso de casación."
"En definitiva, toda vez que el recurrente no desarrolla ningún argumento que, atendiendo a los fundamentos jurídicos de la sentencia impugnada, habilite la instancia extraordinaria y justifique la procedencia del recurso, en concordancia con la solución que propicia el Sr. Procurador General Subrogante, VOTO a esta SEGUNDA y TERCERA CUESTIÓN por la NEGATIVA."
¿Cómo votaron los jueces?
La resolución contó con la adhesión de los Dres. Eduardo Segundo Allende (voto principal), Jorge Alberto Levingston, José Guillermo L’Huillier y Víctor Manuel Endeiza. Falta la firma de la Dra. Andrea Carolina Monte Riso por licencia. No se registran disidencias.
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Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
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