MORALES GUSTAVO LEOPOLDO C/ HORMIGON MERCEDES S.A. Y OTRO S/ DA?OS Y PERJUICIOS POR ENFERMEDAD LABORAL - CIVIL -RECURSO DE CASACION-
Reclamó ASOCIART ART la inadmisibilidad de su condena por responsabilidad en un reclamo civil por enfermedad laboral y la inaplicabilidad de la tasa de interés aplicada. El Superior Tribunal de Justicia de San Luis declaró inadmisible el recurso extraordinario federal por ausencia de cuestión federal suficiente y por no acreditarse arbitrariedad en la resolución recurrida.
¿Quién es el actor?
Gustavo Leopoldo Morales (demandante original / actor en los autos de daños y perjuicios por enfermedad laboral).
¿A quién se demanda?
Hormigón Mercedes S.A. y ASOCIART ART (tercero citado/aseguradora).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo de indemnización civil por accidente/ enfermedad laboral (in-itinere) y discusión sobre la responsabilidad/ cobertura de la ART y la tasa de interés aplicada en la condena.
¿Qué se resolvió?
Se declaró inadmisible el Recurso Extraordinario Federal interpuesto por la apoderada de ASOCIART ART contra la sentencia del Superior Tribunal provincial de fecha 26/12/2024 que había rechazado el recurso de casación presentado por la aseguradora; se impusieron costas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que, en lo demás, se advierte que de los fundamentos exhibidos por la recurrente para la concesión del recurso, no surge agravio federal suficiente que habilite la intervención de la Corte Suprema.
En efecto, el recurso extraordinario federal fue interpuesto contra la sentencia STJSL-S.J.–S.D. Nº 262/24, que rechaza el recurso de casación deducido por ASOCIART ART.
En tal oportunidad, este Superior Tribunal sostuvo que: '…En efecto, en relación al primer agravio resulta oportuno señalar que la sentencia del Tribunal a-quo entendió que asistía razón al actor en cuanto sostuvo que “Asociart no acreditó la falta de cobertura” y de ahí concluyó en que resultaba responsable de la incapacidad acreditada respecto del actor, sin perjuicio de las acciones de repetición, respecto del empleador o del Fondo de Garantía que le otorga el sistema de la ley 24.557.
Frente a ello, la argumentación expuesta en el escrito recursivo, además de involucrar cuestiones de naturaleza probatoria, es por demás insuficiente para demostrar con el rigor propio de esta instancia la concurrencia de un error en la aplicación del derecho, máxime si se advierte que estamos ante una acción promovida y resuelta en el marco del derecho civil y no en disposiciones específicas de la ley de riesgos del trabajo…'
'La doctrina, con agudeza, entiende que la resolución judicial que se aparta de los términos en que se trabó la litis, por lesionar el principio de congruencia, configura una sentencia arbitraria (cfr. Néstor Pedro Sagüés, Derecho Procesal Constitucional, Recurso extraordinario, Ed. Astrea, t. 2, p. 219, 232), de ahí que es razonable considerar que los argumentos esgrimidos por la aseguradora referidos al interés aplicable y su condena en tanto que se asientan en una presunta lesión al principio de congruencia, son propios del recurso de inconstitucionalidad y ajenos a la casación. …'"
¿Cómo votaron los jueces?
La resolución final (bloque dispositvo) fue suscripta por los Dres. Levingston, L’Huillier, Allende y Endeiza; la Dra. Monte Riso se hallaba en licencia y no suscribe. El acuerdo declaró inadmisible el recurso.
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Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
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