INCIDENTE RECURSO DE APELACION MIGLIAVACCA BANESA ANALIA (DTE) AV. USURPACION - S/ RECURSO DE QUEJA.
El imputado interpuso recurso de queja contra la inadmisión de su recurso de inconstitucionalidad respecto de la negativa a admitir la apelación de una resolución interlocutoria. El Superior Tribunal de Justicia rechazó la queja por falta de definitividad del acto impugnado y por no acreditarse un gravamen constitucional equiparable a sentencia definitiva.
¿Quién es el actor?
Ceferino Escalante, con defensa técnica del Dr. Enrique Alejandro Miranda.
¿A quién se demanda?
Tribunal de Impugnaciones (resolución recurrida) / en el marco del proceso que involucra a Banesa Analia Migliavacca como parte damnificada y a los Dres. Alfredo Gatica y Dora Carolina Cavallera por el rol conferido.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Queja contra la resolución del Tribunal de Impugnaciones (auto del 27/12/24 y sentencia interlocutoria del 27/05/25) que rechazó el Recurso Extraordinario de Inconstitucionalidad y negó la apelación; se alega invasión de competencia y que la cuestión de admisibilidad exige análisis de fondo sobre arbitrariedad y violaciones constitucionales.
¿Qué se resolvió?
Rechazar el recurso de queja por inexistencia de definitividad en la resolución impugnada y por no vislumbrarse gravamen constitucional equiparable a sentencia definitiva; en consecuencia, se declaró la inadmisibilidad del recurso de inconstitucionalidad.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Así, analizadas las constancias de la causa, advertimos que si bien el recurso de queja ha sido interpuesto en plazo (art. 293 del C.P.P.), observamos de conformidad con lo dictaminado por el Sr. Procurador General Subrogante, que debe tenerse presente para la procedencia del mismo, la entidad del gravamen que afectaría las garantías constitucionales -ello para ser considerado equiparable a sentencia definitiva- gravamen éste que en autos no se vislumbra.
En la especie, surge que la resolución impugnada no reviste el carácter de sentencia definitiva, es decir, no resuelve sobre el fondo del pleito, ni hace imposible su continuación, terminando la controversia sin que sea posible renovarla, a la vez que no se observan fundamentados los agravios constitucionales invocados.
En efecto, en el sub lite, la resolución del Tribunal de Impugnaciones que motivó la interposición del recurso de inconstitucionalidad fue el Auto Interlocutorio de fecha 27/12/24, que resolvió no hacer lugar al recurso de apelación interpuesto contra la resolución de la Sra. Juez de Garantías Nº 4 dictada en fecha 02/12/24, que había resuelto rechazar el recurso de revocatoria interpuesto contra el proveído de fecha 18/04/24 que concedía el rol de particular damnificado a los Dres. Alfredo Gatica y Dora Carolina Cavallera, conforme el poder otorgado por la ciudadana Banesa Analia Migliavacca; por lo que atento a lo expresado (falta de definitividad del fallo), se advierte el rechazo del recurso de queja y la consecuente inadmisibilidad del recurso de inconstitucionalidad interpuesto."
También el tribunal cita su precedente sobre qué constituye sentencia definitiva en materia criminal:
"Por ello, fundamentos dados, y de conformidad con lo dictaminado por el Sr. Procurador General Subrogante, SE RESUELVE: Rechazar el recurso de queja."
¿Cómo votaron los jueces?
La resolución se encuentra firmada digitalmente por los ministros Jorge Alberto Levingston, José Guillermo L’Huillier, Andrea Carolina Monte Riso, Eduardo Segundo Allende y Víctor Manuel Endeiza; el bloque dispositivo final dispone el rechazo de la queja (decisión unánime/plena conforme la firma del acuerdo).
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