PEREZ PABLO DANIEL C/ SAN LUIS AGUA S.E. S/ COBRO DE PESOS - LABORAL -RECURSO DE CASACION-
El actor promovió recurso de casación contra sentencia laboral por la tasa de interés aplicada en una condena por cobro de pesos. El Superior Tribunal de Justicia hizo lugar al recurso, casó la sentencia de Cámara y determinó aplicar la “Tasa Activa Cartera General (préstamos), nominal anual del Banco de la Nación Argentina” incrementada en un cincuenta por ciento (50%).
¿Quién es el actor?
PÉREZ, PABLO DANIEL (parte actora, trabajador).
¿A quién se demanda?
SAN LUIS AGUA S.E. (causa laboral por cobro de pesos).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se cuestiona la tasa de interés aplicada en la condena; el actor solicita que se aplique la tasa activa de la BNA (Cartera General - préstamos) incrementada en un 50% por pérdida del poder adquisitivo.
¿Qué se resolvió?
Hacer lugar al recurso de casación, casar la Sentencia Definitiva R.L. 531/2023-SL1 (11/12/2023) y determinar que la tasa de interés aplicable es la fijada en “Torres vs. Alta Tensión” (Tasa Activa Cartera General nominal anual del Banco de la Nación Argentina) incrementada en un 50%. Regular honorarios de la ulterior instancia en un 40% sobre los de primera instancia. Costas a la vencida. Votación de acuerdo: mayoría (Dres. Levingston, Monte Riso y Pascuet) y disidencia parcial del Dr. J. G. L’Huillier.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Textos transcritos literales (párrafos relevantes del fallo):
"Hacer lugar al recurso de casación y casar la Sentencia Definitiva R.L. 531/2023-SL1, de fecha 11/12/2023, dictada por la Sala Laboral N° 1 de la Cámara de Apelaciones de la Primera Circunscripción Judicial."
"Determinar que la tasa de interés a aplicar, es la tasa fijada en autos 'TORRES ÁNGEL MARTÍN c/ ALTA TENSIÓN S.A. y OTROS s/ ACCIDENTE O ENFERMEDAD LABORAL - RECURSO DE CASACIÓN' IURIX EXP N° 217969/11, STJSL-S.J.–S.D. Nº 161/17, de fecha 26/12/2017, 'Tasa Activa Cartera General (préstamos), nominal anual del Banco de la Nación Argentina', incrementada en un cincuenta por ciento (50%)."
"Regular los honorarios de los profesionales intervinientes en esta ulterior instancia, en un 40% sobre el monto de honorarios de primera instancia."
Argumentos (extractos textuales del voto mayoritario señalando la línea jurisprudencial):
"siendo la cuestión propuesta sustancialmente análoga a la resuelta en el fallo citado, el agravio debe ser receptado. Además, el criterio fue reiterado en ... de cuyos pronunciamientos no puede desconocerse que deriva una posición jurisprudencial definida."
"Entiendo que dicho incremento no se contradice o violenta lo dispuesto por el art. 768 del CCCN... la nueva normativa no impide la incorporación del plus inflacionario a la tasa pura, pues no se verifica el supuesto de repotenciación de la deuda dado que, el capital nominal adeudado no se ve actualizado, sino sólo por vía mediata a través del incremento de la tasa de interés por mora."
¿Cómo votaron los jueces?
El Dr. JOSÉ GUILLERMO L’HUILLIER votó en disidencia parcial y expresó: "Disiento con el tratamiento y resolución que recepta el agravio relativo al incremento de la tasa de interés a aplicar, con arreglo a los fundamentos dados en mi voto en disidencia en sentencia STJSL-S.J.-S.D. N° 048/24... Rechazar el Recurso de Casación interpuesto por la parte actora."
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Leyes que cita
- Ley 26.994Codigo civil y comercial de la nacion
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