JurisprudenciaARG
Tribunal Superior

VALDEZ ISMAEL ALBERTO C/ ASOCIART A.R.T. S.A. S/ ACCIDENTE O ENFERMEDAD - LABORAL -RECURSO DE CASACION-

El actor interpuso recurso de casación contra la confirmatoria de la Cámara en causa por accidente laboral contra ASOCIART A.R.T. S.A., reclamando la aplicación del DNU 669/19 o una tasa del 12% anual. El Superior Tribunal declaró formalmente admisible pero, por unanimidad, rechazó el recurso por deficiencia técnica y por no rebatir concretamente los fundamentos de la Cámara, y resolvió imponer costas al recurrente.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
EXP 328850/18
Casacion Accidente laboral Art Dnu 669/19 Ripte Tabn Admisibilidad Costo procesal Honorarios Costas

¿Quién es el actor?

VALDEZ, ISMAEL ALBERTO (trabajador/actor).

¿A quién se demanda?

ASOCIART A.R.T. S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Revisión del cálculo indemnizatorio derivado de accidente laboral; aplicación del DNU 669/19 (modificación del art. 12 LRT / aplicación del RIPTE) o, subsidiariamente, tasa de interés del 12% anual.

¿Qué se resolvió?

Rechazar el recurso de casación interpuesto por el actor; regular honorarios en 40% sobre monto de primera instancia; costas al recurrente vencido.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Sobre admisibilidad: el Tribunal consideró que el recurso fue interpuesto y fundado en término, dirigido contra sentencia definitiva de Cámara y que el recurrente estaba eximido del depósito, por lo que "el recurso articulado deviene formalmente admisible." (voto mayoritario).

Sobre el fondo del control extraordinario: el Tribunal entendió que el recurrente no realizó "una crítica concreta y circunstanciada que demostrase el desatino de la argumentación proporcionada por la Cámara" y que el recurso de casación no es "la apertura de una tercera instancia ordinaria", por lo que, por deficiencia técnica del recurso, el medio deviene improcedente.

Citas textuales relevantes (transcripción de párrafos de la sentencia):

"En consecuencia, considero en este estudio preliminar y en mérito a lo dispuesto por el inc. a) del art. 301 CPC y C, que el recurso articulado deviene formalmente admisible."

"Ante la exposición -sobre cuyo mayor o menor acierto este STJSL no se pronuncia- era imperioso que el recurrente hiciese una crítica concreta y circunstanciada que demostrase el desatino de la argumentación proporcionada por la Cámara; sin embargo, el actor solo se limitó a insistir con la posición que cree correcta, sin haber conmovido de manera argumental las bases que cimentaron el fallo que recurre."

Bloque dispositivo final (textual): "SE RESUELVE: I) Rechazar el recurso de casación articulado. II) Regular los honorarios de los profesionales intervinientes en esta ulterior instancia, en un 40% sobre el monto de honorarios de primera instancia. III) Costas al recurrente vencido. REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE."

Voces sobre cálculo y comparación RIPTE vs TABN en la Cámara de origen mencionadas en el voto: la Cámara había realizado cálculos demostrativos concluyendo que "en el caso concreto de autos, resulta más beneficioso para el actor la TABN, que el RIPTE. Motivo por los cuales se rechaza este agravio".

¿Cómo votaron los jueces?

Decisión por unanimidad de los ministros firmantes (no se registran disidencias en el bloque dispositivo).

Leyes que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.