VI?ALES MARIA ISABEL C/ INSTITUTO AUTARQUICO PROVINCIAL DEL SEGURO S.A. S/ ACCIDENTE O ENFERMEDAD LABORAL -RECURSO DE CASACION-
La actora promovió acción por accidente o enfermedad laboral contra el Instituto Autárquico Provincial del Seguro S.A. solicitando la revisión de la declaración judicial sobre la forma de cálculo de los intereses. El Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso de casación interpuesto por la demandada, entendiendo que la impugnación de una declaración de inconstitucionalidad no corresponde tramitarla por la vía casatoria y confirmó la improcedencia del planteo; condenó en costas y reguló honorarios.
¿Quién es el actor?
VIÑALES MARÍA ISABEL.
¿A quién se demanda?
INSTITUTO AUTÁRQUICO PROVINCIAL DEL SEGURO S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
causa por accidente o enfermedad laboral; entre los puntos controvertidos, la forma de cálculo de los intereses (cuestión vinculada a la declaración de inconstitucionalidad del inciso 2 del art. 12 de la Ley 24.557, según Ley 27.348).
¿Qué se resolvió?
Rechazo del recurso de casación con pérdida del depósito; regulación de honorarios en un 40% sobre el monto de honorarios de primera instancia; costas a la vencida. Votación unánime de los cinco Ministros.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En consecuencia, debe considerarse en este estudio preliminar y en mérito a lo dispuesto por el inc. a, del art. 301 CPCC, que el recurso articulado deviene formalmente admisible. Por lo expuesto, VOTO a esta PRIMERA CUESTIÓN por la AFIRMATIVA."
"Que, el planteo de casación parte del cuestionamiento de la declaración de inconstitucionalidad de una norma, por lo que le asiste razón al Procurador General en cuanto alerta que resulta ajeno, extraño e impropio de la competencia del tribunal de casación, la cuestión vinculada con un planteo de inconstitucionalidad... En razón de lo antedicho, el recurso no procede."
"Rechazar el recurso de casación, con pérdida del depósito, art. 290 CPCC. Regular los honorarios de los profesionales intervinientes en la presente instancia, en un 40% sobre el monto de honorarios de primera instancia. Costas a la vencida, arts. 68 y 69 CPCC."
¿Cómo votaron los jueces?
Los Dres. JORGE ALBERTO LEVINGSTON, JOSÉ GUILLERMO L’HUILLIER, EDUARDO SEGUNDO ALLENDE, ANDREA CAROLINA MONTE RISO y VÍCTOR MANUEL ENDEIZA votaron en igual sentido (acuerdo unánime).
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Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
- Ley 27.348Riesgos del trabajo
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